La fundación cordobesa Ciudadanos 365, presentó un proyecto de ordenanza (que ya ingresó en el Concejo de Representantes) con el objetivo de facilitar e incentivar la denuncia de actos de corrupción y proteger a sus denunciantes y testigos. Según informaron, la normativa toma como base el modelo en la materia de la Organización de Estados Americanos (OEA).

A través de esta iniciativa, se busca establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar la denuncia de actos de corrupción, susceptibles de ser investigados y sancionados administrativamente y para proteger al funcionario público o a cualquier persona que, de buena fe, denuncie dichos actos o testifique sobre los mismos.

En un comunicado difundido por la fundación, se puntualiza que la denuncia de actos de corrupción es la acción libre y voluntaria de poner en conocimiento de la autoridad competente un acto de corrupción para su posterior calificación, investigación y sanción. Puede o no estar acompañada de una solicitud expresa de medidas de protección pero su sola interposición cuenta con garantías y medidas de protección básicas.

Por otro lado, en su artículo 8, la ordenanza describe: toda persona que tuviese conocimiento de un ato de corrupción tiene la obligación de poner en conocimiento a la autoridad competente los hechos, para su posterior investigación y sanción, sin que por ello se vea vulnerada su integridad personal y la de sus bienes, así como la conservación de sus condiciones de trabajo.

Además, se propone que la autoridad competente (que reciba las denuncias) realice ciertos cambios organizacionales y funcionales que aseguren su atención oportuna y la confidencialidad del acto. Se dispone también tomar determinadas medidas básicas para la protección de los denunciantes de actos de corrupción tales como: asistencia legal para los hechos relacionados con su denuncia, la reserva de su identidad, de ser el caso que el denunciante sea un funcionario público se protegerán sus condiciones laborales no pudiendo ser cesado, despedido o removido de su cargo a consecuencia de la denuncia.

Según trascendió, la autoridad de aplicación sería la Defensoría del Pueblo de la Ciudad por las atribuciones que le concede el artículo 179 de la Carta Orgánica.