Existen indicadores sobre el estado de derecho donde la Argentina queda mal parada en comparación con sus vecinos del Cono Sur, Brasil y, sobre todo, Chile y Uruguay. Hay una debilidad institucional que se explica por motivos inmediatos  como la falta de transparencia pública y de independencia judicial, mientras que las causas más profundas se relacionan con equilibrios políticos donde hay pocos frenos y contrapesos legislativos y el partido de gobierno viene de una tradición política que prioriza los resultados antes que el debido proceso.

La justicia tiene un rol esencial en las democracias constitucionales, muy especialmente en el control de los actos de gobierno, razón por la cual no debería estar sometida a las autoridades políticas elegidas democráticamente. La justicia debe ser independiente y el estado de derecho implica que nadie está por encima de la ley: el hombre común, los funcionarios y hasta el mismo poder ejecutivo deben estar subordinados a ella.

El documento señala que el avance del estado de derecho en nuestro país no ha sido un proceso lineal desde la restauración de la democracia en 1983; en la década de 1990 el presidente Carlos Menem amplió la Corte Suprema de cinco a nueve miembros con el fin expreso de tener una justicia más consustanciada con el gobierno. Su sucesor, Fernando de la Rúa, elegido en 1999 en parte por sus promesas de honestidad y transparencia, terminó abruptamente en el 2001 por su incapacidad de enfrentar una brutal crisis económica y en medio de acusaciones por un escándalo de corrupción.

Pese al fortalecimiento de los órganos de control en la Reforma Constitucional de 1994 no hubo mejoras significativas; por otro lado, los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner han buscado debilitar a los organismos de control. Con respecto a la Auditoría General de la Nación (AGN), creada en 1992, su función es ayudar al Congreso a controlar al Poder Ejecutivo, teniendo rango constitucional a partir de la Reforma de 1994. Los autores explican que tres de los directores de la AGN son seleccionados por la Cámara de Diputados, tres por el Senado, y uno es designado por una resolución de los presidentes de las dos Cámaras. Este último debe ser propuesto por el principal partido de la oposición y, pese a algunos altibajos, la AGN ha logrado algún nivel de independencia y profesionalismo.

Se señala en el trabajo que la AGN no es tan fuerte como sus pares en los países vecinos pues, por ejemplo, no tiene el poder de presentar denuncias penales. Su mayor limitación es que en la práctica el poder legislativo no le presta atención a sus auditorías. Sin embargo, su efecto no es completamente nulo ya que los medios de comunicación masiva publican y comentan los informes, que se suben a Internet desde el 2002. Finalmente, Rhodes y Streb dan una serie de recomendaciones, pero aclaran que sería bueno que el sistema de partidos tuviera una preferencia por menos corrupción. En el caso de la justicia, no hacen falta nuevos organismos o iniciativas: más vale demostrar compromiso a las instituciones que ya existen.