A 20 años de su creación, la Legislatura porteña aprobó una resolución que reglamenta el uso de la Tribuna Popular. GestionPublica.info dialogó con el integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad, Jonatan Baldiviezo, quien aclaró que igualmente se sigue incumpliendo con la Ley.

En 2016, la justicia intimó al Poder Legislativo a que reglamente este derecho creado en 1998 dentro del artículo 76 de la Constitución porteña. La norma se pensó para que los ciudadanos puedan acercarse a cada sesión y plantearles a los funcionarios sus inquietudes o valoraciones.

El articulado especifica que la Tribuna Popular permite efectuar planteos en sesión plenaria sobre temas de especial interés para la Ciudad por parte de organizaciones no gubernamentales y personas que resulten autorizadas de acuerdo con la resolución que reglamente su ejercicio.

Presentamos un pedido de nulidad a la resolución aprobada porque para nosotros desvirtúa sustancialmente lo que es o cómo se entendía en un primer momento a la Tribuna Popular, explicó Baldiviezo.

Según contó, el proyecto original implicaba que la ciudadanía tuviese la posibilidad de hablar directamente con el cuerpo legislativo en todas las sesiones ordinarias, extraordinarias y especiales. Con la nueva reglamentación, la ciudadanía va a poder hablar en sesiones especiales convocadas al efecto, es decir, en el marco de la Tribuna Popular, explicó.

Otra de las cuestiones que detalla la reciente resolución es que la Tribuna Popular no se habilitará en tratados internacionales, reforma constitucional, acuerdos interjuridiccionales o asuntos tributarios, de presupuesto o de materia final.

Baldiviezo aseguró que para convocar a la sesión de Tribuna Popular se necesita una mayoría absoluta, la cual en el contexto político actual es prácticamente imposible. Hicieron una reglamentación para seguir incumpliendo con la Ley, no se les exige ni siquiera una determinada cantidad de sesiones especiales en el año, remarcó.

Tampoco se estipuló que en estas sesiones se traten proyectos de Ley o de resolución, por lo tanto por más que se convoque puede no ir ningún legislador porque no tienen motivación de asistencia, concluyó.

La justicia será la encargada de determinar si da a lugar a este pedido de nulidad presentado por las organizaciones de la sociedad civil o si bien estipula que la legislatura cumplió con lo exigido en el fallo de 2016.