El último informe Special 301 del Departamento de Comercio de Estados Unidos condena a la Argentina en materia del derecho de propiedad, las patentes y marcas especialmente en internet. China, Chile, Argelia, Canadá, India, Indonesia, Israel, Pakistán, Rusia, Tailandia y Ucrania son algunos de los otros países que componen la denominada lista de "vigilancia prioritaria" para el 2012.

A raíz de este documento, gestionpublica.info se comunicó con la Licencia en Ciencias de la Comunicación y especialista en propiedad intelectual, Beatriz Busaniche,  para aclarar qué es y de qué se trata esta llamada de atención: Este informe no puede castigar a la Argentina. Cualquier acción contra un país tiene que hacerse a través de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Además, Busaniche cuestionó que se reclame una serie de cosas que no están pactadas en ningún tratado comercial que nuestro país haya firmado. Por lo que no hay ninguna obligación que se legisle en ese sentido. En realidad, este informe  no es más que un ‘cyberapriete’.

Por otro lado, la licenciada aclaró que este documento no lo realiza sólo el Departamento de Comercio sino que también participa la organización International Intellectual Property Alliance (IIPA) que es una alianza entre las grandes corporaciones que viven del mercado de las regalías en materia de patentes copyright.

Uno de los puntos en donde hace foco el Departamento de Comercio norteamericano es el de la protección del derecho de propiedad intelectual. El documento indica que "el sistema judicial de Argentina sigue siendo ineficiente" y alerta que los niveles de piratería de derechos de autor tanto en internet como en otros formatos "siguen siendo elevados". Gestionpublica.info habló también con el titular de la Cátedra de Derecho Informático en la Universidad del Salvador, Nicolás Tato, quien opinó que la legislación de Estados Unidos es extremadamente restrictiva. Es que, el derecho de autor no es un delito que afecte a una persona determinada, sino que afecta a un modelo de negocio. Por ejemplo, detrás de un artista que compone un tema, está la productora, la empresa que distribuye los discos, etcétera. Los que pierden acá son los que están en el negocio intermedio. Muchos artistas están a favor de la libertad que da internet porque se hacen conocidos.

Por su parte, Busaniche cuestiona que el informe se queja por la falta de implementación de las leyes. Como la Argentina tiene una de las leyes de Propiedad Intelectual  más restrictivas del mundo (Nº 11723), no se quejan del texto de la normativa, sino que la Justicia no actúa. Lo cual es falso, recalcó. En cuanto a la Ley 11723, sancionada en el año 1933, Busaniche dijo que se trata de una normativa anacrónica, que no contempla los usos sociales de la tecnología ni los derechos humanos en relación al acceso a la cultura.

También el informe se comprometió a proporcionar a la Argentina de un sistema eficaz para hacer frente a problemas de patentes en relación con las solicitudes a comercializar los productos farmacéuticos". Busaniche señaló que nuestro país acata al pie de la letra con las obligaciones comerciales internacionales en materia de producción farmacológica. Se cumple según las flexibilidades del Acuerdo de Propiedad Intelectual aplicado al Comercio en el marco de la OMC.

La especialista en propiedad intelectual también denunció que desde hace algunos años Estados Unidos prevé medidas futuras para bloquear las industrias de genéricos. En ese sentido, la protección de datos farmacológicos son herramientas ideal para frenar la producción de este tipo de medicamentos. Además, calificó a las leyes argentinas como excelentes y destacó las pruebas farmacológicas y en la promoción de medicamentos genéricos que se realiza en el país. No hay motivo para asustarse porque la Argentina no infringe nada, concluyó.