Es que, con el voto de los miembros del peronismo y la disidencia de los miembros de la oposición (que son minoría), se dispuso que la AGN para la realización de la auditoría de la Cuenta de Inversión, debe sólo limitarse a lo que se conoce como auditorías de regularidad. En otras palabras: indicar sólo si se ha respetado la normativa vigente, sin realizar auditorías financieras ni emitir opinión sobre cúanto y cómo gastó el Estado o si cumplió o no con los programas previstos.

La Cuenta de Inversión es el documento que remite el Poder Ejecutivo Nacional al Congreso Nacional, para su tratamiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75, inciso 8, de la Constitución Nacional.

Es una rendición de cuentas y se constituye como un instrumento fundamental para evaluar la gestión gubernamental y el cumplimiento de las decisiones políticas incluidas en los planes del Gobierno Nacional en materia económica, financiera y patrimonial, detallados en la Ley de Presupuesto de cada ejercicio fiscal. Esto es, expresa cómo se ejecutó el presupuesto y qué desvíos ocurrieron respecto de las previsiones realizadas.

Su preparación le corresponde a la Contaduría General de la Nación, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley N° 24.156. A partir del 30 de junio del año posterior al ejercicio financiero ejecutado, comienza el análisis de la rendición de cuentas del Poder Ejecutivo que la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas encarga a la Auditoría General de la Nación.

Dentro de los 120 días de recibida, la AGN debe presentar a esa comisión el informe de auditoría de la Cuenta de Inversión. El trabajo puede culminar con un dictamen aconsejando la aprobación, con lo cual el Congreso está en condiciones de tratarla de inmediato, o bien emitir un dictamen con observaciones o con abstención de opinión.

Posteriormente, comienza su tratamiento parlamentario, donde el Congreso debe decidir si la aprueba o rechaza.

Hace 20 años, el organismo que cumplía con el rol de controlar al Estado era el Tribunal de Cuenta de la Nación. Este organismo cumplía su rol con énfasis en el análisis de la legalidad de los actos. Cuando se decidió su reemplazo por la AGN fue, entre otras cosas, para ampliar las facultades del control.

En aquel momento, el espíritu de la ley era mejorar el control necesario para que las instituciones se fortalezcan y, con ello, la democracia republicana. Así fue plasmado tanto en la última reforma de la Constitución Nacional como en la Ley 24.156 que establece las funciones que los organismos de control deben cumplir. Entre ellos, se introdujo un nuevo enfoque que incorporó el modelo de control integrado e integral: Integral en el sentido de abarcar los aspectos vinculados a la legalidad, presupuestarios, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, así como la evaluación de los programas, fundados en criterios de eficacia, eficiencia y economía. Integrado porque debe estar inserto dentro los procedimientos de acción que se definan.

Sin embargo, 20 años después, estos cambios parecerían haber quedado en el olvido y volver la ficha al tablero inicial. Los ciudadanos, a través de sus representantes en el Congreso de la Nación, tienen derecho de saber qué es lo que se hizo durante un año con los recursos que el Estado les cobra a través de los impuestos, es decir, si se respetaron las prioridades que se anunciaron, si se minimizaron los costos como para hacer un uso más eficiente de los recursos, etc.

Adicionalmente, a lo largo de toda la gestión del actual gobierno pero especialmente en los últimos años, los presupuestos anuales fueron modificados luego en varias oportunidades por el Poder Ejecutivo. Para este año, 2014, el Congreso aprobó un presupuesto de gasto por un total de 860.000 millones de pesos y un poquito más de ingresos, de forma que el resultado que se alcanzaría sería equilibrado o mínimamente superavitario. Sin embargo, con el uso de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), en el mes de agosto el gobierno amplió los gastos previstos para el año por más de 220.000 millones de pesos hasta llegar a 1.084.000 millones.[1]

Haber utilizado un DNU para alterar el presupuesto no es ilegal, una auditoría de regularidad así lo indicaría. Sin embargo es válido formular varias preguntas: Por ejemplo, ¿se cometió algún error al presupuestar?, ¿qué variables o procesos tuvieron un comportamiento distinto al esperado?, ¿habrá sido la inflación?, ¿en qué se decidió gastar más que lo previsto?, ¿cuál es la emergencia por la que se decidió proceder de esta manera? Es claro que las preguntas que deben responderse son muchas y que ninguna de ellas recibirá una respuesta a través de la Cuenta de Inversión. Una auditoría de regularidad sólo indicaría que se procedió en el marco de las normas vigentes.