En Francia, la Asamblea Nacional promulgó un proyecto de Ley sobre la moralización de la vida política, una de las propuestas de campaña del actual presidente Emmanuel Macron. La normativa surgió por los escándalos de los empleos ficticios que afectó al candidato opositor, François Fillon.

Rebautizada como Ley de confianza en la vida pública, responde a una triple ambición: jurídica, ética y política, según afirmó la ministra de Justicia francesa, Nicole Belloubet, al presentar el texto en la votación final. El proyecto fue aprobado con 412 votos a favor, 76 en contra y 62 abstenciones.

De ahora en más, los ministros, diputados o representantes locales ya no podrán contratar a un cónyuge, padres o hijos. Llegado el caso, se enfrentarán a una pena de tres años de prisión y 45.000 euros de multa, aunque estos podrían ser restituidos.

La norma también prevé la supresión de la reserva parlamentaria, un fondo de unos 140 millones de euros de los que disponen los diputados para distribuir entre asociaciones y comunes. El objetivo es acabar con usos a menudo "arbitrarios" vinculados con el clientelismo político.

Nepotismo argentino

En nuestro país, en el año 1999, se aprobó la Ley nº 25.188 de Ética en la función pública con el objetivo de establecer un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías.

La normativa argentina solo habla del papel de los familiares de políticos en el artículo 2, inciso g: abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa.

Por su parte, sobre las relaciones matrimoniales, solo se hace una aclaración en el artículo 6, el cual establece que la declaración jurada deberá contener una nómina detallada de todos los bienes, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero.

En otras leyes, como la 27.260 de sinceramiento fiscal, sí se estableció la prohibición del accionar de familiares de funcionarios públicos. En esta en particular, el artículo 21 del decreto reglamentario imponía el carácter restrictivo y la exclusión de los parientes de quienes hayan ocupado cargos de funcionarios públicos entre el 1 de enero de 2010 y la fecha de entrada en vigencia. A pesar de esto, el Decreto de reglamentación 1206/2016, les permitió el blanqueo.

Familiares

Actualmente, los ministros Patricia Bullrich, Carolina Stanley, Oscar Aguad, Rogelio Frigerio y Marcos Peña son algunos de los funcionarios del Gobierno Nacional que tienen familiares trabajando en el Estado.

En el caso de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, su hijo Francisco Langieri Bullrich trabaja en el Ministerio de Modernización desde mayo de 2016. Fue designado en la Secretaría "País Digital". Por su parte, Cecilia Stanley, prima de la ministra de Desarrollo Social, fue nombrada Jefa de Gabinete de Asesores en ese ministerio.

Rogelio Frigerio cuenta con su esposa Victoria Costoya en el puesto de Coordinadora de Articulación de Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo Social, mientras que su tío, Mario Frigerio, fue nombrado Gerente Técnico del Ente Nacional de Comunicaciones.

Otros casos similares se dieron con la esposa del ministro Jorge Triaca, Cecilia Loccisano, el hermano del Jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña quien cumple funciones como Subsecretario de Desarrollo Institucional Productivo del Ministerio de Producción y el yerno del ministro Oscar Aguad, Rodrigo de Loredo quien es presidente de la empresa estatal ARSAT.

Vale aclarar que en noviembre del año pasado el Diputado Nacional por el PRO, Lucas Incicco presentó una iniciativa para terminar con el nepotismo en Argentina, pero hasta ahora no tuvo avances. En el texto se aclara que la norma "no será retroactiva", pero se indica que "se confeccionará un registro con todas las personas que, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, tienen nombrados familiares".

La restricción alcanzaría a toda la administración pública e incluye a los "funcionarios de los tres poderes, del Ministerio Público, de los órganos autárquicos y descentralizados de la Nación, así como los funcionarios de las empresas del Estado que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal permanente o provisoria, o tengan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personas en la administración pública nacional".