Entre enero y diciembre de 2006 el servicio de recolección de residuos aumentó $ 1.647.340 en los barrios de Palermo, Belgrano y Núñez, la zona donde opera la empresa AESA. Según un informe de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), la suba, que es del 40,2 %, dejó en evidencia “errores en la confección del Pliego de Bases y Condiciones” de la licitación 6/03 convocada por el Gobierno porteño. Entre esas fallas, el organismo de control destacó que el Pliego “no establece un techo que determine el costo máximo a pagar por el servicio de higiene urbana adjudicado”.

A comienzos de 2006, ese servicio costaba $ 4.097.375 por mes. La cifra surgía de un decreto del año anterior y se mantuvo en ese nivel hasta junio. A partir del segundo semestre, la Administración de la Ciudad estableció por el decreto 720 un mecanismo para adecuar provisoriamente el contrato de concesión y la cuota aumentó a $ 4.473.104. Luego, con el decreto 1539, amplió los “índices de prestación del servicio”, es decir, modificó los límites de unas ecuaciones que miden la eficacia del trabajo de la empresa, así, el costo pasó a $ 5.480.387. Y, finalmente, aprobó con el decreto 2072 otra variación que llevó el precio a $ 5.744.715 en diciembre.

El valor que se debe pagar por la contratación es fijo e invariable y no admite el reconocimiento de mayores costos, salvo que una empresa acredite que su prestación se volvió inviable. Sólo se puede aumentar el precio que paga el Estado cuando hay, a la vez, un aumento del servicio de la contratista, por ejemplo si barre más cuadras. Este incremento no debe superar el 10 % del valor total de la licitación. El decreto 720 que firmó el Gobierno porteño en junio de 2006 “rozó el límite permitido por el pliego”, dice la AGCBA, y con los decretos 1539 y 2072 se superaron los aumentos permitidos en el Pliego para todo 2006.

Otra de las falencias que detectó la Auditoría en el Pliego de la Licitación es la falta de detalles sobre cómo deben ser los estudios ambientales que tienen que hacer las contratistas. Antes de iniciar su labor, estas empresas tienen la obligación de presentar una “base de trabajo”, que es la medición de la contaminación que registran el agua, el aire y el suelo en la zona que les corresponda. Con esos parámetros se establece un “estado cero” que, para medir el impacto ambiental del servicio, deberá ser cotejado con los exámenes que deben elaborar las prestadoras cada seis meses. El caso del agua subterránea es una muestra de las falencias de la licitación: esos exámenes de las empresas deben incluir el monitoreo de tres pozos como mínimo, pero el Pliego no especifica las napas que tienen que ser analizadas. Esto, según la AGCBA, lleva a que la prestadora elija pozos de monitoreo freático, sabiendo que la napa freática está contaminada y que ofrece un “dudoso marco referencial” que mida el impacto real del servicio de recolección de residuos.