Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) demoró seis años en avanzar con los estudios de impacto ambiental generados por la actividad de las terminales aéreas del país.

El ORSNA fue creado en 1997 dentro del Ministerio de Economía y en la actualidad funciona bajo la órbita de la Secretaría de Transporte de la cartera de Planificación Federal.

Las terminales aéreas son concesionadas desde 1999 por la empresa Aeropuertos Argentina 2000. Desde entonces, el ORSNA “debe lograr una protección eficaz del medio ambiente y la seguridad pública en el ámbito de la operación y expansión de los aeropuertos”, explica la Auditoría.

Para determinar el impacto de la explotación aeroportuaria, el Organismo debía, primero, definir lo que se conoce como pasivos ambientales, es decir, los daños en las zonas de las terminales registrados con anterioridad a la toma de la concesión por parte de la empresa. Estos estudios, denominados Fase I, consistían en visitar y evaluar las características de los establecimientos, y recopilar documentación y testimonios de los eventualmente afectados.

Antes de efectivizar la concesión, en 1998, se encomendó al Instituto Nacional del Agua (INA) la realización de los estudios Fase I para establecer la línea de base ambiental. La Auditoría señala que, entre 1998 y 1999, la firma EMR Argentina realizó el relevamiento Fase I en cada aeropuerto; así se evaluaron aspectos como presencia de basurales, derrames de hidrocarburos, disposición de residuos peligrosos, contaminación sonora y gaseosa, presencia de PBC y asbestos, volumen de los sistemas de captación y tratamiento de efluentes cloacales.

Las conclusiones fueron elevadas por el ORSNA a la Secretaría de Ambiente. En el año 2000, esta dependencia opinó que el Fase I “abundaba en detalles no relevantes, dejaba vacíos importantes con respecto a los fines buscados, el formato (del trabajo) no es el propio de los informes técnicos, no evidencia pautas metodológicas integradas, falta descripción global de algunos (aeropuertos), presenta informaciones imprecisas, poco confiables y basadas en fuentes secundarias, y no caracteriza integralmente los establecimientos, por lo que muchos aspectos quedan sin determinación, por ejemplo el funcionamiento de las plantas de tratamiento de residuos”, dice la AGN, y añadió que, según Ambiente, el diagnóstico “no fue claro”.

Ese mismo año, la Secretaría de Ambiente comenzó a usar una nomenclatura que para la Auditoría “trajo algunas dificultades”. Se diferenció pasivo ambiental, identificado como daño anterior, por lo tanto fuera de la responsabilidad del concesionario, del pasivo latente, que quedaría a cargo de Aeropuertos Argentina 2000. El problema era que con el concepto ‘latente’, al hacer referencia a impactos anteriores, “podía interpretarse que estaban a cargo del Estado Argentino”, afirma la AGN.

Recién en 2002, el ORSNA dejó de usar el concepto pasivo latente y estableció, como pasivo ambiental, a los basurales, transformadores con PBC, derrame de hidrocarburos en agua y suelo, y contaminación de espejos de agua anteriores a la toma de la concesión. Asimismo, a la empresa le correspondería lo relacionado al sistema de cloacas, al tratamiento y disposición de líquidos y residuos peligrosos, el almacenamiento de combustible y la conducción de pluviales.

Con este dato, la AGN, que aprobó su informe en abril sobre datos del período 2004-octubre de 2008, reconoció: “Destacamos que el ORSNA solucionó la discusión de la nomenclatura, desarrollando una encomiable labor de mediación. Sin embargo, es deber observar la extemporaneidad y la insuficiencia respecto a la definición y la resolución total de los pasivos ambientales preexistentes a la toma de tenencia, a más de diez años del inicio de la concesión”.

Años después, Fase II

La Auditoría de la Nación resumió que el trabajo hecho entre 1998 y 1999 por EMR Argentina para el Instituto del Agua fue “deficiente e incompleto”, la incorporación del concepto ‘pasivo latente’ por parte de la Secretaría de Ambiente en 2000 “demoró el proceso”, y que un Plan de Remediación que se intentó durante 2001 “fue dejado de lado, por lo que el ORSNA recién a partir de 2005 inició los estudios Fase II” que, a partir del Fase I, determinan los niveles de contaminación y las técnicas de remediación más apropiadas para subsanarlos. La Fase III, en tanto, consiste en diseñar un plan de remediación y de monitoreo.

Controles

Si bien el ORSNA realizó informes sobre el estado de situación ambiental de los aeropuertos, la Auditoría sostuvo que “algunos aspectos críticos de dichos trabajos no han sido incluidos”. Por ejemplo, en la terminal internacional de Ezeiza, se obvió el almacenamiento de combustibles en aeroplantas, origen y destino de efluentes en la red pluvial, red de drenaje cloacal y origen y destino de efluentes industriales. Mientras que en el Aeroparque Jorge Newbery, se pasó por alto el origen y destino de los efluentes de la red pluvial y el origen de la contaminación de napas freáticas.

De aquellos estudios, la AGN observa una “recurrencia de deficiencias ambientales que no se subsanan”, y agrega que el propio ORSNA considera solucionadas “297 deficiencias de 625 detectadas en el período 2004-2008, lo que representa el 47% del total”.

Según la AGN, siete de cada 10 deficiencias ambientales detectadas por el ORSNA corresponden a problemas vinculados con residuos peligrosos. Por eso, el Organismo confeccionó un listado de posibles empresas generadoras de este tipo de deshechos y encomendó a Aeropuertos Argentina 2000 que examine tanto Ezeiza como el Jorge Newbery para constatar las observaciones y detectar nuevos incumplimientos. El problema, para la Auditoría, es que “el modelo de contrato que el ORSNA proveyó al concesionario para contratar servicios a terceros (como la reparación de motores), no incluye cláusulas penitenciales específicas en materia ambiental que faciliten la sanción” de las irregularidades.

Los auditores completaron su informe afirmando que “el ORSNA, como órgano con capacidad sancionatoria, no le ha aplicado al concesionario sanción alguna en materia ambiental”.