Novación
Es un modo de extinción de la obligación que, por un convenio no sólo se la anulará, sino que se la transforma en otra obligación, que sustituye a la primera. Hay dos tipos de novación: la objetiva, por cambio del objeto o causa y la subjetiva que proviene de un cambio en las personas, tanto del acreedor como del deudor.
Recomendado para vos