En Colombia se sancionó la Ley de Publicación de las Declaraciones de Bienes, Renta y el Registro de los Conflictos de Interés cuyo objeto es dar cumplimiento a los principios de transparencia y publicidad, y la promoción de la participación y control social a través de la divulgación proactiva de las declaraciones juradas (como se las conoce en Argentina) de sus funcionarios públicos. Según el articulado, la divulgación de esta información será requisito para “posesionarse, ejercer y retirarse del cargo”.

¿A quiénes alcanza? A los servidores públicos electos mediante voto popular, el presidente, el gerente general del Banco de la República, los miembros de los consejos directivos, rectores y directores de universidades públicas. También a los embajadores y cónsules, magistrados de las Altas Cortes, Tribunales, la Justicia Especial para la Paz (JEP), el Fiscal General de la Nación, el Auditor General de la República, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.

La normativa aclara que solo algunos aspectos se harán completamente públicos. Además del nombre completo y el documento de identidad, serán datos abiertos los ingresos y rentas del último año gravable, especificando solamente concepto y valor; cuentas bancarias de las que se sea titular; bienes patrimoniales y obligaciones vigentes y la declaración de las actividades económicas de carácter privado, solo por mencionar algunos.

“Para los servidores públicos electos mediante voto popular, además de lo anterior, se requerirá el registro de los aportes que se realizaron en campaña, conforme lo presentado en el aplicativo del Consejo Nacional Electoral denominado Cuentas Claras”, aclara el texto.

Antecedentes

La nueva ley llega luego de que varias organizaciones de la sociedad civil, locales e internacionales, promocionaran durante 2019 la inciativa #3de3 que promovió que los candidatos a puestos de elección popular en Colombia hagan públicas tres declaraciones de manera voluntaria como muestra de su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas.

La primera acción de Colombia fue exigir la apertura de las declaraciones a los aspirantes a la Alcaldía de las ciudades de Bogotá, Cali y Medellín. Se creó una petición en Change.org para que los ciudadanos realicen una solicitud online, que alcanzó más de 27 mil firmas. Luego, se desarrolló una plataforma de visualización y comparación del patrimonio de quienes voluntariamente presentaron sus declaraciones.

La ONG argentina Directorio Legislativo, que impulsó la campaña junto a un consorcio de organizaciones locales de la sociedad civil, celebró mediante un comunicado la sanción de la ley ya que "constituye un instrumento de prevención de irregularidades, enriquecimiento ilícito o conflictos de interés”. 

“En este sentido, el caso argentino representa una buena práctica en la región ya que en 2013 se reformó la Ley de Ética Pública y se hizo extensiva la obligación de presentar y publicar la declaración jurada a los candidatos que superaran las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO)”, argumentaron. Sin embargo, en las elecciones 2019, sólo el 61,4% de los candidatos cumplió con la normativa.

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Cabe recordar que en Colombia, durante 2018, se llevó a cabo la Consulta Popular Anticorrupción que, a pesar de no haber alcanzado el umbral para su aprobación, obtuvo más de 11,5 millones de votos y fue una herramienta de referencia para el paquete legislativo que, más tarde, presentó el gobierno nacional. 

En este mismo sentido, en 2019 uno de los temas fundamentales de la agenda de la Conversación Nacional, propuesta por el Presidente de la República, fue la transparencia y la lucha contra la corrupción, ejes en los que se enmarcan muchas demandas de las organizaciones.