Sancionan a funcionarios de Zárate por comprar vales de nafta con destino incierto
La Municipalidad compró tickets de combustible a la empresa Luncheon S.A. para repartir entre sus dependencias, pero el Tribunal de Cuentas de Buenos Aires no pudo verificar sus destinatarios. De hecho, no se sabe si la gasolina fue cargada en vehículos oficiales del Gobierno porque faltaba la identificación de los autos y la firma de los funcionarios a cargo.
El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires analizó la rendición de cuentas de la Municipalidad de Zárate y aseguró que el municipio pagó $ 90 mil por vales de nafta aunque “no se pudo conocer -cuál fue- el destino final del combustible adquirido”. Por ello, el organismo de control decidió formular un cargo pecuniario de $ 100.338,74 sobre los responsables.
En 2008, la Municipalidad de Zárate realizó diversos pagos a Luncheon Tickets S.A por la compra de vales de nafta para distribuir en las distintas áreas de la Municipalidad. El Tribunal analizó éstos desembolsos, que ascendían a los $ 90 mil, y solicitó a la comuna que le presentara la norma legal que regula la entrega, el control y el uso de los vales. El municipio respondió que tal reglamentación “no existía” y manifestó que “la entrega de tickets es una atribución del Departamento Ejecutivo para la prestación de los servicios de diferentes viajes que realizan los funcionarios y agentes municipales”.
A este descargo, el Contador municipal agregó un listado con las áreas y la cantidad de vales que le habían sido concedidos a cada una, pero, según consta en el informe del Tribunal, que fue aprobado a fines del 2010, los vouchers “no se encontraban firmados por los funcionarios ni se identificaba el vehículo en el que fue cargado el combustible”.
Como no se pudo conocer si el combustible adquirido fue realmente utilizado en vehículos oficiales, el organismo de control decidió desaprobar el gasto y formular un cargo económico solidario entre el Intendente municipal, Osvaldo Cáffaro, el Secretario Jefe de Gabinete, Pablo por $ 100.338,74. De hecho, el Tribunal expuso que la ley Orgánica Municipal establece que “los egresos de fondos no pueden realizarse sin una orden escrita por el Intendente, avalada por el secretario e intervenida por el contador” y que, además, “deberán contar con todos los antecedentes que permitan demostrar la inversión de los fondos públicos y su destino final”.
Un lugar para ANSES
El organismo examinó los pagos que realizó la Municipalidad, en concepto de contrato de alquiler, de un predio que se utilizó para instalar una delegación de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). El informe explica que la comuna “no aportó el convenio celebrado con el ANSES en virtud del cual la Municipalidad paga el alquiler del inmueble”. Ante la falta de justificativos, el Tribunal decidió “observar las órdenes de pago abonadas”, como ya lo había hecho en 2007, “por un monto de $ 74.500”.
Los responsables trataron de explicar la cuestión argumentando que “el inmueble fue cedido en comodato al ANSES” y que “la situación no se pudo regularizar con la suscripción de un convenio definitivo”.
A pesar del descargo, el Tribunal consideró “carentes de sustento legal a los pagos efectuados por la comuna” y sostuvo que “está soportando un gasto de un inmueble que es utilizado por un tercero sin que exista un acuerdo escrito al respecto”. Por ello, el organismo de control decidió imputar a “los responsables”, el Intendente Osvaldo Raúl Cáffaro, y a los contadores Oscar Ibar y Marisa Soria López, a quienes “sancionó con la aplicación de un cargo pecuniario solidario de $ 83.037,79”.
Un impuesto mal cobrado
Sobre los aranceles que guían el traslado de ganado, el Tribunal también realizó su descargo. La tarifa fijada por el Ministerio de Asuntos Agrarios es única y fija. Sin embargo, el Municipio de Zárate no la aplicó tal como lo establece la Resolución Nº 336/06 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia.
Los responsables argumentaron que “las tasas percibidas fueron liquidadas de acuerdo a la Ordenanza fiscal, impositiva y de conformidad con la Ley Orgánica Municipal”. Ante la respuesta de la comuna, el Tribunal expresó que “las disposiciones de la Resolución del Ministerio de Asuntos Agrarios resultan de aplicación obligatoria por tratarse de una norma de jerarquía superior a la municipal”.
En consecuencia, el Tribunal formuló un cargo por la diferencia de las tarifas, $ 16.407,94, al que le adicionó el interés del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósito del cargo. El monto final fue de $18.420,34 y la sanción se aplicó de manera solidaria entre el Director de Ingresos Públicos, Daniel Bonne, el Intendente Municipal, Osvaldo Cáffaro y la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Patricia Fernández.
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