Mendoza: el nuevo código de procedimiento minero suma control ciudadano
Quienes obtengan el permiso de explotación deberán presentar cuáles son sus proyectos socioeconómicos y culturales para las comunidades cercanas a la mina. Además, los vecinos seguirán el paso a paso de las pruebas de calidad del agua.
El Ministerio de Energía y Ambiente de la provincia de Mendoza publicó la reglamentación de la Ley 9529 de Procedimiento Minero. La normativa establece la creación de un Consejo de Minería con sectores profesionales y empresarios que podrán proponer a sus miembros y, además, contiene algunos capítulos específicos vinculados a la transparencia y a la participación ciudadana.
El nuevo Código de Procedimiento Minero tiene un apartado sobre responsabilidad social minera, vinculación comunitaria y declaración jurada de buenas prácticas. A partir de ahora, quienes obtengan los permisos de primera y segunda categoría de explotación deberán presentar ante las autoridades mineras una declaración jurada de buenas prácticas. El documento consiste en demostrar cuáles son los planes socioeconómicos y socioculturales que desarrollarán en la comunidad más cercana al proyecto minero.
“Esto debe incluir cuestiones de trabajo, pasantías, inclusión, educación, capacitaciones y todo lo que tenga que ver con acciones de vinculación comunitaria”, explicó el director de Minería del Gobierno de Mendoza, Jerónimo Shantal.
Shantal, además, se refirió al capítulo de responsabilidad social minera, del cual se desprende un protocolo de monitoreo de agua participativo. “La comunidad de cercanía del proyecto hará el seguimiento desde la toma de agua en cuencas, arroyos o ríos y hará todo el recorrido hasta el laboratorio y el análisis del mismo para seguir toda la cadena y evitar que haya manipulación de muestras”, explicó.
En cuanto a la transparencia, la Dirección de Minería del Gobierno de Mendoza propone con el nuevo Código de Procedimiento Minero que desde ahora todos los derechos de explotación vacantes sean públicos. “Antes solo se enteraban quienes tenían alguna relación particular con la Dirección o aquellos que iban todos los días a averiguar”, reconoció Shantal. De ahora en más, los derechos vacantes comenzarán a publicarse en el Boletín Oficial, aunque previamente se informará a todas las empresas del sector público provincial, que, de querer acceder a algún proyecto, deberán licitar.
Por último, Shantal destacó que la Dirección de Minería actualizó su portal oficial y “ahora es mucho más transparente”. En la web se puede encontrar información detallada sobre autoridades, organigrama, expedientes y normativas.
Consejo de Minería
Con la nueva reglamentación, se determinó que el Consejo de Minería pasa de cinco a tres miembros. Estará integrado por un consejero titular y un suplente con título de abogado; un consejero titular y un suplente con título de ingeniero en minas, geólogo o ingeniero con experiencia comprobada en minería, o con un título de grado y al menos cinco años de experiencia en el área; y un consejero titular y un suplente que representen a las cámaras empresariales y otras entidades vinculadas a la minería en la provincia.
El Consejo de Minería tendrá como función ser un órgano superior o de apelación de resoluciones del Director de Minería y será, además, un órgano consultivo de la Dirección. Con la nueva conformación se busca garantizar que el Consejo de Minería esté compuesto por profesionales calificados y representativos de diferentes sectores relacionados con la minería en Mendoza.