En agosto de 2018 el Estado suspendió la aplicación del refuerzo de la vacuna contra la meningitis para los niños y niñas de 11 años. Frente a esta situación, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) le pidió conocer los motivos a la entonces Secretaría de Salud de la Nación. Ante la negativa de la cartera, el caso se judicializó y la Justicia ordenó que se den las explicaciones del caso.

“Las decisiones relativas a cambios en la población que se propuso vacunar, así como las demoras en la entrega de las dosis son circunstancias relevantes de la política general de inmunización. La ciudadanía tiene derecho a conocer sus alcances y motivos, dado que pueden implicar restricciones en la salud, impactando en muchos casos a los grupos más vulnerables”, explicaron desde la ONG.

Fue el 26 de diciembre cuando la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia, así como la decisión de la Agencia de Acceso a la Información Pública que ordenaba al Estado a dar a conocer todos los datos solicitados.

ACIJ argumentó que “las políticas de austeridad nunca deben evadir las explicaciones e informaciones públicas que sustentan decisiones que pueden implicar retrocesos en la garantía de derechos”. En ese contexto, "es necesario que el Estado Nacional informe a la sociedad la situación de la política de inmunización, cumpliendo las decisiones judiciales y, en particular, las de la Agencia de Acceso a la Información pública creada por la ley 27.275”, agregaron.

El camino

En marzo de 2015 el Ministerio de Salud incorporó la vacuna contra el meningococo al Calendario Nacional de Vacunación indicando que la meningitis "constituye un importante problema de salud pública" no solo por ser una de las enfermedades infecto-contagiosas más graves y con mayor tasa de secuelas permanentes no reversibles, sino también por la alta mortalidad que presentan los individuos que sufren estas infecciones.

Sin embargo, en agosto de 2018 se emitió un comunicado informando que por "dificultades en la adquisición y entrega" de dicha vacuna se suspendía el refuerzo que se aplicaba a los 11 años.

Ante este contexto, y amparándose en la Ley de Acceso a la Información Pública, la ONG pidió explicaciones. Entre otras cuestiones, solicitó conocer los fundamentos técnicos y científicos y los análisis estadísticos que sustentaron la afirmación de que la enfermedad causada por meningococo en la Argentina es de baja incidencia. También pidieron saber los problemas en la adquisición y entrega, qué acciones y medidas se están llevando a cabo para obtener la disponibilidad de las mismas y en qué momento se contará con el stock necesario para reanudar su aplicación.

Por último, requirió que se informe si se comprometieron fondos en la planificación presupuestaria para la adquisición, distribución y/o aplicación de las dosis suspendidas y a través de qué tipo de contratación se adquirirán las vacunas.

Siguiendo esta demanda, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 hizo lugar a la acción de amparo y condenó al Estado Nacional a que "en el plazo de diez días cumpla con la pretensión efectuada por la parte actora".

Pero, desde el juzgado, al pasar los días concluyeron no quedaron conformes con el accionar del Ministerio y concluyeron que hubo "una denegatoria injustificada".