Beneficio de Inventario
Es el derecho que se acuerda al heredero al aceptar la herencia en virtud del cual y por la separación de ambos patrimonios, tan solo responderá, frente al pasivo del causante, con bienes de éste y, nunca, con los suyos propios. Se impide la fusión de los bienes de la herencia con los propios del heredero.