Medida judicial por la que se  inmoviliza un bien cierto del deudor afectándoselo al pago del crédito por el cual le han  trabado dicho embargo. Si recayere sobre un inmueble se anota la orden judicial en el Registro de la Propiedad; sobre un rodado en el Registro del Automotor; si sobre un mueble, se le designará depositario.