Error de Hecho
Es el que recae sobre la naturaleza del acto y lo hace inexistente por un desencuentro de las voluntades o el que recae en hechos, que no impiden la formación del acto, pero dan lugar a la nulidad por instancia de quien hubiera de padecerlo. Versa sobre la persona o sobre la cosa. El acto viciado es anulable por nulidad relativa.