Todo pago es cumplir con una prestación y que haga al objeto de la obligación; puede, para ello, consistir en hacer, no hacer o dar alguna cosa. Deberá haber siempre causa que pueda justificarlo, como la intención de saldar una deuda. Ser capaz tanto quien da como el que recibe. Y pagará, el que tuviere interés, o un tercero.