Acción judicial por la cual se perseguirá el reconocimiento de un derecho de propiedad que se tiene sobre un bien. Y, como acción real, sólo se faculta a ejercerla a quien tiene derecho a poseer una cosa y reclamarla así de quien de hecho la posee. Acción que se vincula con el título, el derecho a poseer, distinto de una posesión.