Pese a que el Estado impuso un límite del 15% para la cantidad de trabajadores contratados que pueden tener sus reparticiones, un informe oficial reveló que ese tope no se respeta en todas las áreas y que, incluso, hay organismos que cuentan con la mitad de su plantel por fuera de la planta permanente. 

El dato aparece en una investigación de la Oficina del Presupuesto del Congreso (OPC), en que se analizó la conformación del personal de la Administración Pública Nacional. Este universo incluye los tres Poderes, empresas con participación estatal, sociedades de economía mixta y entes con autarquía financiera y patrimonio propio, como la AFIP, el PAMI y el INCAA, entre otros. Y excluye a trabajadores de las Universidades Nacionales. 

En su relevamiento, la OPC encontró que la “distribución (del personal) es heterogénea al interior del Sector Público”, lo que finalmente conspira contra el cumplimiento del mencionado tope, que figura en el Convenio Colectivo de Trabajo General del Estado, fijado en un decreto de 2006

Tal es el nivel de heterogeneidad que mientras “el 88% de la Administración Central es de planta permanente, en los organismos descentralizados su participación baja al 50%”, apuntó el informe. Y ejemplifica que, “en el Ejército, el personal contratado representa el 0,7%, y en la Dirección Nacional de Vialidad esa porción asciende al 83,4%”.

Tres modalidades, “veintena de regímenes jurídicos” y 124 escalafones

El área parlamentaria contó, hasta abril de 2019, unos 449.797 trabajadores en el llamado Sector Público Nacional No Financiero. De ese total, el 76,4% se desempeña en el Poder Ejecutivo (tres de cada cuatro). 

El resto se reparte entre el Poder Judicial (4,8%), el Legislativo (2,6%) y los demás espacios analizados. 

Asimismo, la investigación detalló que hay tres modalidades dentro del Estado: las ya mencionadas planta permanente, temporaria y los contratados

De aquellos casi 450 mil empleados totales, 357.770 están dentro de la planta permanente. Son casi ocho de cada 10 y tienen estabilidad laboral establecida en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Además, hay un 13,8% de contratados y 6,6% de personal temporario.

La Oficina del Congreso explica que la planta temporaria es el personal transitorio “sin derecho a estabilidad”, y añade que hay dos tipos de contratados: los que están equiparados en el escalafón a los de planta permanente, con aportes personales y contribuciones patronales, y los prestadores de servicios profesionales autónomos.

Por otra parte, los técnicos señalaron que “el marco legal aplicable al empleo público reconoce múltiples marcos regulatorios, conformando un cuerpo jurídico fragmentado y heterogéneo”.

Como prueba de ello, el texto narra que “en el Sector de Empresas y Sociedades del Estado conviven múltiples normativas, tanto transversales (por ejemplo, para las autoridades superiores) como específicas, aplicables solo a determinadas instituciones”.

Además, mientras en el Congreso se rigen por la Ley 24.600, en el Poder Judicial conviven leyes y acordadas, como el Reglamento para la Justicia Nacional o las normas vigentes en el Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público de la Defensa.

Ante este panorama, la Oficina de Presupuesto concluyó que “coexisten una veintena de regímenes jurídicos”.

Para completar, la investigación sostiene que los regímenes jurídicos engloban a varios escalafones, que regulan la relación entre los trabajadores y el Estado en temas como condiciones de acceso y promoción

Y en este sentido, se descubrió que “existen en el Sector Público Nacional No Financiero 124 escalafones”. Ante “tal diversidad”, dice el texto, los técnicos seleccionaron a los 10 grupos con más personal del Poder Ejecutivo, es decir, sin contar al Congreso y la Justicia. 

Como puede apreciarse, existen escalafones para el personal militar y de seguridad, los contratados, los que prestan servicios en organismos como la AFIP, la ANSES y Vialidad, además del de los científicos, los residentes médicos y hasta el de los trabajadores de relaciones exteriores. 

NdeR: vale preguntarse si, frente a semejante dispersión, el Estado empleador está en condiciones de cumplir con la premisa “a igual tarea, igual remuneración”

En un próximo envío se dará cuenta de las conclusiones de la Oficina de Presupuesto del Congreso vinculadas a la distribución del personal estatal según sexo, edad, preparación académica y sueldos.