Solo Empanadas: es la respuesta que le dio una Dirección al Tribunal
Se trata del área de Ancianidad que justificó de esa manera, ante el Tribunal de Cuentas mendocino que el empleado de un complejo destinado a fines culturales y no comerciales vendiera alimentos, bebidas y productos de kiosco para beneficio personal. Otro fallo del organismo de control manifestó que un empleado público tardó ocho años en devolver $3.000.
El Tribunal de Cuentas de Mendoza decidió multar a dos ciudadanos por motivos bastante insólitos: no controlar el uso de unas cabañas de la Dirección de Ancianidad por “no tener un vehículo para ir al lugar” y lucrar para beneficio personal con la venta de alimentos, en ese mismo predio. Además les formuló cargos a otros cuatro empleados municipales por no rendir cuentas del uso de 20 mil pesos de las gestiones 2005, 2006 y 2008.
Estos particulares casos se desprenden de dos fallos del ente de control provincial. El número 16039, emitido en junio de este año, es quizás el más llamativo. Hay 11 viviendas, ubicadas en un predio con jardines y espacios verdes que el Estado provincial puso bajo la órbita de la hoy Dirección de Adultos Mayores “para que se destinaran a fines culturales, de esparcimiento y recreación”. Conforme a la ley de Presupuesto, “esa dirección puede alquilar de forma temporaria las instalaciones y destinar lo recaudado al equipamiento del lugar o de sus oficinas”.
Hasta aquí todo parece normal. Pero cuando el Tribunal de Cuentas notificó la “inexistencia de controles que aseguren que todos los usuarios que ingresan paguen entrada” recibió una particular respuesta de los responsables del área de Adultos Mayores: “es difícil tener registro las actividades que se desarrollan en los terrenos porque no tienen movilidad propia”, es decir auto, pero que “tratando de cumplir con su deber, el domingo 23 de septiembre de 2012 enviaron a alguien responsable con su propio vehículo a auditar el lugar”. Si eso no es buena intención entonces qué lo es.
Por otra parte, se pudo comprobar que “el encargado del lugar realizaba actividades por su propia cuenta. Puntualmente explotaba la venta de bebidas, comidas y artículos de kiosco en un predio estatal y para beneficio propio”. Lo que significa que incumplía con el deber de destinar todo el dinero proveniente de la explotación del predio para la manutención del mismo y de la Dirección de Adultos Mayores. La respuesta del ente ante esta observación fue que “ellos sabían que ocasionalmente el delegado hace empanadas o cocina par algún contingente que lo necesite, pero que es una tarea de atención al que ingresa al predio para disfrutar del día al aire libre, que no tiene fines de lucro”. No vaya a ser que Luis Brandoni visite el lugar y repita su célebre frase en Esperando a la Carroza: “Tres empanadas que les sobraron de ayer para dos personas”.
El Tribunal también observó que “no había una normativa legal que establezca una tarifa fija para cada actividad” y que había “talonarios de recibos no oficiales, es decir, no válidos como factura”.
Por todos estos motivos, el organismo de control provincial multó a la directora de Dirección y a la contadora por $2.000 y $4.000 respectivamente.
Más incobrable que la renta de Don Ramón
En otro fallo el Tribunal mendocino señaló que, al fin, “luego de ocho años un empleado del municipio de San Rafael depositó los $3000 que le fueron entregados en 2005." Lógicamente, el Tribunal de Cuentas de la provincia le formuló cargos para abonar $2783,43 por el considerable tiempo de demora.
A este se suman otros casos que “ni siquiera presentaron documentación probatoria”. Entre ellos se destaca que un empleado tomo prestada la módica suma de $12.000 que al día del cierre de la auditoría no había rendido, por lo que el ente de control decidió formularle cargos por $18.200.