La ley de ética pública, una norma que sigue esperando
Entre Ríos.- Ante el reclamo constante de la sociedad sobre la transparencia del funcionario público y legisladores, siempre hubo respuesta. En rigor, promesas. Una de ellas es la mentada Ley de Ética Pública. El debate se dio en todos los ámbitos, desde la reforma constitucional del 1994 hasta el proceso reformista en Entre Ríos del 2008. En el medio un sin número de iniciativas legislativas que no prosperaron.
Una vez finalizada la reforma de la Constitución provincial, Jorge Busti envió a la Legislatura un paquete de leyes para reglamentar los nuevos institutos, garantías y derechos consagrados en la nueva carta magna. La ley de ética en el ejercicio de la función pública establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, "sin excepción", a todos aquellos que se desempeñen en la función pública sin discriminación de niveles y jerarquías y en forma permanente o transitoria.
En el 2003 Busti asumió su tercer mandato al frente del Ejecutivo con una catarata de reclamos sociales que no eran propios de Entre Ríos, sino que se daba en todo el país. La dirigencia política se vio obligada a dar mensajes. En ese marco es que el entonces gobernador anunció la creación de la Oficina Anticorrupción, hoy ya desaparecida. El proyecto venía aparejado con el certificado de defunción de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), pero con la promesa de la creación de un Código de Ética Pública al que se adherirían los municipios.
La iniciativa fue discutida por varios sectores de la comunidad antes de ser remitido al Senado. La letra pasó por los Tribunales en donde surgieron algunas sugerencias respecto a los requisitos del solicitante de las declaraciones juradas.
También hubo jornadas en la que participaron periodistas. Pero cuando todo parecía avanzar, surgían motivos para no tratar la reclamada norma que controle el patrimonio de los funcionarios y sus compatibilidades con lo público. El último argumento que se conoció fue la reforma constitucional, en 2008. En la nueva Constitución se hizo una breve mención de exclamación sobre la ética pública, pero la pelota pasó a la Legislatura. En ese ámbito se debiera aprobar una norma que establezca los mecanismos para controlar a quienes ingresen al Estado. El primero en redactar un texto fue el propio Busti. La iniciativa fue aprobada por la cámara que preside. Luego pasó al Senado y estuvo un año sin tratarse.
Una vez que se decidió abordar el tema se decidió modificar aquel texto. En realidad se le hicieron cambios teniendo en cuenta el proyecto elaborado por el senador Osvaldo Chesini. La reforma fue aprobada el 9 de abril del año pasado.
Hasta el momento, el único proyecto que ha prosperado es el que surgió de las propuestas de Busti y Chesini. Unos de los puntos que siempre fueron motivo de controversias fue el de las declaraciones juradas.
En el texto que elaboró el presidente de la Cámara de Diputados y suscribieron los diputados afines, a diferencia de iniciativas impulsadas anteriormente, se estableció que la declaración jurada debía contener una nómina detallada de todos los bienes propios sólo del declarante; no de su cónyuge; y los que integren la sociedad conyugal como se había planteado en las propuestas anteriores. Pero ese artículo, modificado en el Senado, retrocedió e incluso alargó la lista de quienes deben dar cuenta de los que tienen. Se sumaron al conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero. En el caso del cónyuge, el conviviente y los hijos menores que tuvieren ingresos, se indicará la profesión y medios de vida de las personas.
En caso de que se incumpla con la presentación en el plazo correspondiente, serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad responsable de la recepción, para que lo hagan en el plazo de quince días. La declaración jurada detallada tendrá carácter de "secreta" y sólo podrá ser abierta por solicitud escrita del declarante o de sus sucesores, por decisión del juez competente o por requerimiento de la autoridad de aplicación.
El diario consultó a fuentes del Poder Legislativo sobre las presentaciones con las declaraciones juradas. Aseguran que todas se han realizado en tiempo y forma. Pero advirtieron que las diferencias en el peronismo impedirán que el tema se trate o forme parte de la agenda, mucho menos en un año electoral. Habrá que seguir esperando.
Los obligados a presentar las declaraciones juradas deberán presentar la manifestación de bienes al inicio y al egreso en la función o empleo público dentro de los 45 días hábiles desde la asunción de su cargo y dentro de los 45 días hábiles desde la fecha de cesación en el cargo. El proyecto establece que éstas serán de cumplimiento obligatorio para el gobernador y vicegobernador, legisladores, magistrados del Poder Judicial, funcionarios del Ministerio Público, defensor del Pueblo y los adjuntos; ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo; el fiscal de Estado, el presidente y los vocales del Tribunal de Cuentas, el contador general de la Provincia, el tesorero general, el escribano mayor de Gobierno, el director general de Escuelas y los vocales del Consejo General de Educación y demás funcionarios que integren los órganos de control del sector público provincial; los miembros del Consejo de la Magistratura. También todos los funcionarios o empleados con categoría o función no inferior que presten servicio en la administración pública centralizada o descentralizada, en las entidades autárquicas, en las obras sociales administradas por el Estado provincial, en las empresas del Estado provincial y en las sociedades del Estado provincial.