Todo hecho que tenga como efecto una disminución o desmedro patrimonial en el erario estatal, mediante una acción de comisión u omisión que comporte dolo, culpa o negligencia, por parte del empleado público o afín. 

En el decreto Nº 1154/1997 se establece el procedimiento para la determinación de la responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos, y la intervención que en ella le cabe a la Sindicatura General de la Nación.