La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, más comúnmente nombrada como Ley de Medios, fue sancionada en el Congreso de la Nación el 10 de octubre de 2009. Pero a diferencia de otras leyes, cuya aplicación no suele demorarse más de unas semanas, a lo sumo un par de meses, como caso extraordinario esta necesitó cuatro años de maceración hasta que la Corte Suprema de Justicia, la misma que hace apenas unos meses le había puesto freno a las intenciones reformistas del Gobierno en el Poder Judicial, finalmente desestimó el planteo de inconstitucionalidad hecho por el Grupo Clarín, uno de los principales afectados con la aplicación de la ley que impide la formación de monopolios en el plano de la información.

La estrategia del Grupo Clarín en estos cuatro años se basó en pedir la nulidad de cuatro artículos de la ley de Medios: el 41, que habla de la transferencias de las licencias; el 45, que trata sobre la multiplicidad de licencias y a través del cual la ley pretende garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local y establece limitaciones a la concentración de licencias; el 48, que trata sobre las prácticas de concentración indebidas y establece que el régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta ley no podrá alegarse con derecho adquirido frente a las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan por la presente o en el futuro; y, por último, el 161, en el que se establece un plazo de un año para llevar adelante la adecuación de los titulares de licencias de los servicios de comunicación regulados por la Ley, que a la fecha de la sanción no reunieran o cumplieran los requisitos previstos por la misma.

Apenas 15 días después de la aprobación de la Ley de Medios, forjada a la luz de foros provinciales, municipales y universitarios a lo largo y a lo ancho del país y cuyo principal objetivo no es ir contra una empresa particular sino garantizar el derecho a la información, la libertad de expresión y la democratización de la palabra a través de la diversidad de los medios de comunicación -y que además es reparadora del decreto ley firmado por el presidente de facto Jorge Rafael Videla en los años ’80 con el que se pretendió silenciar a la sociedad que se resistía a la aplicación de un plan de aniquilamiento de la industria, al tiempo que apuntalaba los intereses de los sectores agropecuarios que apoyaron y sostuvieron el Golpe del ’76; decreto ley que ya en 1987 intentó derogar sin éxito el entonces presidente Raúl Alfonsín, quien pretendía reemplazarla con una ley acorde con los tiempos de la democracia-, el Grupo Clarín acudió a la Justicia para plantear la inconstitucionalidad de los artículos en cuestión.

Casi inmediatamente, el juez del fuero Civil y Comercial Edmundo Carbone dictó una medida cautelar contra la aplicación de la ley de Medios al Grupo Clarín y suspendió la obligación que tenía el multimedios de desprenderse de algunas de sus licencias para adecuarse a la ley. El Estado, por su parte, apeló la decisión de Carbone en la Cámara y obtuvo resultados a medias. En octubre de 2010, el Estado interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema, que lo desestimó por falta de una sentencia firme.

En mayo de 2011, la Cámara de Apelaciones impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar que había presentado el Grupo Clarín. La decisión de la Cámara es duramente cuestionada por el Estado, que presenta un nuevo recurso extraordinario cuya denegación impulsa una queja ante la Corte Suprema, a la que se le solicitó la revocación de la medida cautelar.

Recién el 22 de mayo, la Corte fijó como fecha límite de la cautelar el famoso 7D, fecha que se instaló en los medios como el día bisagra para la plena aplicación de la Ley de Medios. Seis meses más tarde, la Corte rechazó otra cautelar de los abogados del Grupo Clarín, declarándola inadmisible. Sin embargo, a sólo un día del 7D, la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal extendió la medida cautelar hasta tanto se dictara una sentencia firme, lo que finalmente ocurrió una semana más tarde cuando el juez Horacio Alfonso declaró constitucionales los mencionados artículos.  

Pero en abril de 2013, la Cámara en lo Civil y Comercial declaró la inconstitucionalidad e invalidó la parte de los artículos que perjudicaban directamente a Clarín, sobre todo los que tenían que ver con las medidas antimonopólicas (artículos 45 y 48) pero, sin embargo, deja en pie los artículos 41 y 161. El Gobierno volvió a apelar ante la Corte Suprema, y esta convocó a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Garbó, para que emita opinión sobre la inconstitucionalidad parcial planteada por la Cámara Civil y Comercial Federal. Gils Garbó no sólo se pronunció a favor de la Ley de Medios sino que, además, expresó su consejo a la Corte para que ésta revoque el fallo de cámara por evidenciar graves defectos de fundamentación y razonamiento.

Antes de dar a conocer su decisión, a finales de agosto la Corte Suprema escuchó en audiencia pública los argumentos de las partes enfrentadas, y un mes más tarde, dejó pasar las elecciones legislativas en un claro gesto de cintura política- y, finalmente, el 29 de octubre, con un fallo mayoritario declaró la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

En el fallo, que lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Marqueda y Carmen Argibay Carlos Fayt, votó en contra-, se señala que no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión del Grupo Clarín y que las restricciones de orden estrictamente patrimonial no son desproporcionadas frente al peso institucional que poseen los objetivos de la ley y afirma, entre otros aspectos, que la Ley de Medios regula el mercado de medios de comunicación sin efectuar distinción alguna respecto a los sujetos alcanzados por sus disposiciones. También derrumba los argumentos sobre la sustentabilidad económica de las empresas que conforman el Grupo Clarín. No surge de la pericia que la restricciones tengan entidad suficiente como para comprometer o poner en riesgo la sustentabilidad económica u operativa de las empresas del Grupo Clarín, aun cuando pueda conllevar una disminución de sus beneficios o rentabilidad.

Las reacciones de júbilo, por un lado, y de malestar, por el otro, no tardaron en aparecer, sobre todo en los sectores opositores al Gobierno. Pero fueron muchas más la voces que festejaron el fallo de la Corte, incluso en el ámbito internacional, donde la Ley de Medios de la Argentina es considerada un modelo a seguir. El juez Zaffaroni, expresó que la norma impactará positivamente en el futuro porque la cosmovisión que tenemos nos la van formando los medios masivos y es necesario no dejarla en manos monopólicas ni oligopólicas. Mientras que, la camarista María Laura Garrigós de Rébori, titular de Justicia Legítima, consideró que el fallo es una convalidación de la libertad de expresión que tendrá un significado histórico.

Sin embargo, el ex jefe de Gabinete del gobierno de Fernando de la Rúa y ex senador, Rodolfo Terragno, lo cuestionó: No tengo pruebas pero sospecho que la mayoría (de la Corte) quiso compensar al Gobierno por el rechazo de la reforma judicial. Si fuera así, estaríamos ante un hecho impropio, particularmente en un caso den el cual está en juego la libertad de expresión. En tanto que, la diputada electa por UNEN, Elisa Carrió, fue un poco más lejos y apuntó contra Lorenzetti, presidente del máximo tribunal, y habló de un pacto espurio con el Gobierno. El Ministro, por su parte, le contestó: El año pasado me decían que había sacado la sentencia del 7D porque era amigo de Héctor Magnetto (CEO de Clarín)… La Corte sigue siendo la misma, no hemos cambiado.

Todavía Clarín no terminaba de digerir el fallo de la Corte Suprema cuando Martín Sabattella, máxima autoridad de la AFSCA, se presentó con su equipo en las oficinas de Clarín para iniciar de oficio el proceso de adecuación. Lo que hicimos fue notificar de oficio al Grupo Clarín, que ahora tiene 15 días para ratificar la información que le hemos dado. Luego se pasa al proceso de tasación y una vez que están tasadas las licencias se selecciona cuáles son las licencias y los bienes afectados al uso de las mismas para concursar, se concursa, se adjudica y los nuevos licenciatarios tienen que hacerse cargo de las empresas, manifestó este fin de semana, en una larga entrevista con el diario Página 12 el ex intendente de Morón.

No hubo que esperar demasiado. Lejos del panorama apocalíptico que había presentado hace cuatro años, cuando todas sus pantallas se planteaban la desaparición de señales como TN, el lunes pasado el Grupo Clarín presentó finalmente su plan de adecuación voluntaria, con seis empresas o unidades idependientes que se reparten los negocios. En la AFSCA se festejó el ingreso a la adecuación voluntaria del único núcleo empresario que se mantenía afuera. Ahora la autoridad de aplicación tendrá 120 días para estudiar el plan presentado por los abogados de Clarín y luego resolverá su viabilidad.

Tras cuatro años de incumplimientos y medidas cautelares, la Ley de Medios tendrá plena vigencia. El Grupo Clarín podrá presentar nuevos recursos contra cada uno de los pazos de su aplicación, de hecho ya anunció que lo hará. De todas maneras, en su fallo, la Corte dejó bien en claro su posición favorable a la Ley de Medios: La Libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con ampliar oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad. Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes.

*Sociólogo y periodista.