La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) realizó por primera vez un análisis sobre el trabajo del Centro de Monitoreo Urbano (CMU) dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. El organismo de control destacó el buen funcionamiento de la dependencia, aunque marcó áreas que podrían mejorar la labor que realiza.  

Con la sanción de la Ley 2.602/07, en diciembre de 2007, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad se convirtió en el organismo responsable de la planificación estratégica de las políticas de seguridad pública. Desde entonces, y entre las muchas medidas que tomó, la cartera delegó en la Policía de la Ciudad todo lo referente al Centro de Monitoreo Urbano.

En la Ciudad de Buenos Aires hay tres Centros de Monitoreo Urbano que son espacios de videovigilancia en donde un grupo de operadores visualizan más de 8.000 cámaras instaladas en espacios públicos y distribuidas a los largo del distrito. Las cámaras tienen sus particularidades, por ejemplo no pueden captar sonidos en la vía pública y los dispositivos de la sala tampoco permiten la reproducción de audio. Además no pueden ser utilizadas para tomar imágenes al interior de propiedades privadas.

Reconocimiento facial

En el Centro de Monitoreo Urbano también opera el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SIP) que permite, mediante el uso de las cámaras de videovigilancia, reconocer los rostros de las personas requeridas por orden judicial, registradas en las Bases de Datos del Sistema de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC) del Registro de Reincidencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y con los datos biométricos consultados del Registro Nacional de las Personas (RENAPER). En los aspectos propiamente operativos, la detección de hechos delictivos o contravencionales flagrantes es la tarea preponderante que realiza la Sala de Monitoreo en vivo.

En el Centro trabajan 50 operadores que pueden visualizar hasta 800 cámaras de las 8.181 que hay distribuidas en la Ciudad. 

Una debilidad que halló la AGCBA es que la Sala de Monitoreo cuenta con 50 operadores de monitoreo de imágenes activas que captan de 8.181 cámaras que componen la red de monitoreo de la Ciudad. Cada trabajador puede ver como máximo 16 cámaras a la vez, es decir que al máximo de capacidad se pueden ver 800 cámaras a la vez, poco menos del 10% de la capacidad. 

Para suplir esta carencia de personal y optimizar esta capacidad se utiliza la información provista por el mapa del delito, lo que permite a los operadores saber cuáles cámaras requieren mayor atención de acuerdo a los días y horarios.

Otras áreas que trabajan al límite de sus posibilidades son la de Requerimientos de Judiciales y la de Descarga de Imágenes, ya que el Poder Judicial año tras año solicita cada vez más imágenes como insumo. El crecimiento fue tal que en el año 2010 solo se había pedido la colaboración del CMU unas 423 veces y para 2019 fueron 46.761 las oportunidades.

Debilidades tecnológicas

Por último, la AGCBA halló tres debilidades en torno a las tecnologías. Por un lado sostuvo que el CMU no administra el proceso de amenazas y vulnerabilidades del Sistema en su conjunto, ya que la seguridad informática está en cabeza del proveedor del servicio. Por otro lado, los planes de contingencia existentes distribuyen responsabilidades sobre sectores involucrados en la contingencia y no sobre los responsables individualmente, lo cual aumenta el riesgo de una demora en la respuesta ante emergencias. Por último, que la infraestructura tecnológica para la obtención de imágenes no es administrada por personal de la institución.

No obstante lo anterior, la auditoría porteña sostuvo que “las áreas críticas detectadas no afectan el normal funcionamiento del Organismo, pero sí configuran un punto de análisis donde, desde el control interno del CMU, se pueden elaborar acciones preventivas y/o correctivas para mitigar el impacto de la ocurrencia de algún peligro”. 

Para el organismo de control dada la constante expansión de la actividad de monitoreo, y la estructura vigente del CMU, “no puede dejar de señalarse un aspecto organizacional que se convierte en una limitación relevante”. 

El informe señala que al momento de las tareas de relevamiento, el organismo se encontraba encasillado como una División de la Policía de la Ciudad, lo cual “presenta un límite en cuanto a la cantidad y jerarquía de funcionarios que puede contener y que resultan insuficientes para las tareas asignadas y por asignarse a futuro”.