Las contrataciones a familiares y amigos no están prohibidas
Publicado: 08-08-2011
Catamarca.- Un dictamen de abogados del Tribunal de Cuentas deja en evidencia el débil marco legal que rodea a las contrataciones de bienes y servicios que pueden realizar funcionarios. En efecto, una resolución señala que "no existe normativa específica que prohíba a los funcionarios públicos contratar los servicios de personas de confianza y/o parientes políticos".
Es decir, que por la normativa que está vigente no hay impedimentos para que los funcionarios o agentes de la administración pública contraten los servicios de personas que sean conocidas y de confianza , o parientes, con la excepción de familiares de primer grado.
Lo anterior forma parte de la argumentación que ensayó María Nelly García, abogada del Tribunal de Cuentas, en el sumario administrativo de Responsabilidad en contra del ex subsecretario de Prevención de Adicciones, Marcelo González. El dictamen de la letrada fue ratificado por el fiscal del TC, René García Olmedo. Ahora, deberá resolver el Tribunal de Cuentas.
En noviembre de 2008, el Gobierno provincial le aceptó la renuncia a González a partir de una denuncia radial por supuestas irregularidades en la contratación.
Los cuestionamientos a González fueron porque se habría impulsado la creación de una empresa a nombre del suegro , Juan Carlos Mercado, para la organización de eventos deportivos amateur y la facturación de los mismos al organismo oficial. Una estrategia similar se habría practicado con un amigo de González, Juan Pablo Carranza, que organizaba eventos culturales.
También se cuestionó la inscripción de Mercado y Carranza como monotributistas sociales para facturar servicios a un funcionarios allegado. La investigación del TC recomienda el archivo de la causa contra González y sostiene que se debería eximir de responsabilidad al ex funcionario.
En efecto, el TC acepta que las personas nombradas debían inscribirse como monotributistas ante la AFIP con la finalidad de poder rendir cuentas de los pagos ocasionados para cada uno de los eventos ante el servicio administrativo del Ministerio de Gobierno.
También, de la instrucción de la causa surgió que los montos facturados no fueron exorbitantes sino que se encuentran dentro de los límites establecidos por el decreto que fija escalas y límites para la contratación del Estado provincial.