Perú: la Contraloría amplía sus facultades para investigar casos de corrupción
Mediante un dictamen de reforma constitucional, el órgano de control podrá acceder al secreto bancario y reserva tributaria de investigados por delitos de corrupción.
El Congreso Nacional de Perú aprobó un dictamen de reforma constitucional que permite a la Contraloría General de la República acceder al secreto bancario y reserva tributaria de investigados por delitos de corrupción.
Solo el contralor general de la República y el superintendente de Banca, Seguros y AFP podrán acceder al secreto bancario y reserva tributaria de investigados por delitos de corrupción.
Por 104 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones, el Legislativo aprobó el texto sustitutorio que propone modificar el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Nacional para incorporar que los dos nuevos titulares o altos funcionarios que podrán efectuar el levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria son el contralor general de la República y el superintendente de Banca, Seguros y AFP.
En la víspera, la Contraloría le había solicitado al Parlamento que apruebe la reforma constitucional “para garantizar los resultados del control en resguardo de los recursos de todos los peruanos”.
La reforma fue aprobada en dos instancias. La primera votación dio luz verde al documento que faculta a la Contraloría acceder, dentro de una acción de control, al secreto bancario y reserva tributaria de funcionarios que manejan fondos públicos y que son investigados por presunta corrupción. Mientras que en la segunda se aprobó el dictamen de reforma constitucional.
En el texto final se indica que “toda persona tiene derecho al secreto bancario y la reserva tributaria. Su levantamiento solo puede efectuarse a pedido del contralor general de la República respecto de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por este, en los tres niveles de gobierno, en el marco de una acción de control y del superintendente de Banca, Seguros y AFP para los fines específicos de la inteligencia financiera”.