Publicado: 15-04-2010
 
Ciudad de Buenos Aires.- El control presupuestario, económico, financiero, patrimonial, normativo y de gestión es clave. Hoy, según la normativa existente, compete a la Auditoría General de la Ciudad (control externo) y a la Sindicatura General (control interno). Este control podría mejorarse con el dictado de una ley específica que, teniendo como marco la Constitución y la Ley 70, establezca un órgano especial de control con un colegio de auditores designado por la Legislatura.

De este modo existe control legislativo indirecto y posterior, como ya sucede en el marco de la ley 70, pero a través de un órgano específico. Esto, sumado a la Auditoría Externa y al programa de control ciudadano, es una mejor opción que el establecimiento de comisiones legislativas permanentes que, por la propia tarea parlamentaria, no están en condiciones de realizar controles exhaustivos de cuestiones tan delicadas. Sería una variación al sistema de control general que rige en la Ciudad, que ya fue modificado respecto de los sumarios: no los tramita la Procuración General sino la Auditoría Externa creada por la Ley de Seguridad pública.