El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó un nuevo canal online para reportar delitos de corrupción y fallas administrativas. Estará a cargo de la Oficina de Integridad Pública de la Ciudad y funcionará para facilitar las denuncias vinculadas con miembros del Poder Ejecutivo de la Ciudad.

Las denuncias podrán ser anónimas y con identidad reservada. Se deberá informar el nombre del organismo denunciado, el Ministerio o Secretaría donde funciona, y un relato minucioso y detallado de los hechos que motivan la denuncia. También se podrá hacer presencialmente en la Oficina de Integridad Pública (Avenida Martín García 346, 6to Piso) o por vía telefónica (5030-9600).

Las denuncias que la Oficina de Integridad Pública reciba se clasifican en Faltas Administrativas y Delitos de Corrupción. Las faltas administrativas son todas las afectaciones al régimen instituido por las normas disciplinarias y las obligaciones en términos de incompatibilidades y deberes de los funcionarios públicos. Por otro lado, los delitos de corrupción son las conductas tipificadas como delitos contra la Administración Pública en el Código Penal de la República Argentina.

Entre las faltas administrativas se puede denunciar se encuentran: 

  • Conflicto de intereses, una situación en la que los intereses particulares de un sujeto obligado interfieren o pueden razonablemente interferir con el cumplimiento del ejercicio de la función pública
  • Nepotismo, cuando un funcionario público promueve la contratación y/o designación, bajo cualquier modalidad, de una persona con la que posea un vínculo de parentesco por consanguinidad o afinidad
  • Incumplimiento en la presentación de DDJJ, cuando un sujeto obligado a presentar y/o actualizar la Declaración Jurada Patrimonial y de Intereses no lo hiciere dentro del plazo dispuesto por la ley
  • Recepción de obsequios
  • Transgresión a normas internas de conducta
  • Incompatibilidades con el ejercicio de la función pública

Los delitos de corrupción contemplados para denunciar son: 

  • Admisión simple de dádivas
  • Cohecho activo
  • Cohecho pasivo
  • Enriquecimiento ilícito
  • Exacciones ilegales: exigirle a un particular una contraprestación indebida en nombre y a beneficio del Estado
  • Fraude en perjuicio de la administración pública
  • Lavado de activos de origen delictivo
  • Malversación de caudales públicos
  • Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas
  • Ofrecimiento simple de dádivas
  • Peculado: apropiarse indebidamente de fondos o bienes cuya gestión, recaudación o custodia ha sido encomendada debido a una posición de cargo público
  • Peculado de trabajos o servicios
  • Soborno transnacional
  • Tráfico de influencias activo o pasivo
  • Utilización de información y datos reservados con fines de lucro
  • Violación de los deberes de funcionario público
  • Omisión maliciosa de presentación de DDJJ

¿Cómo es el procedimiento? 

Una vez ingresada la denuncia, la Oficina de Integridad Pública deberá realizar un primer análisis a fin de determinar su admisibilidad y razonabilidad en base a los elementos aportados en la denuncia. En caso de considerarlo necesario, se podrá solicitar al denunciante una ampliación de la denuncia o de los elementos probatorios.

Luego se llevará a cabo una investigación preliminar para corroborar las posibles faltas administrativas o delitos de corrupción, e informar a la autoridad administrativa correspondiente o efectuar la denuncia pertinente. La investigación preliminar sobre los hechos u omisiones denunciados deberá realizarse en un plazo de 180 días. 

Cuando de la conclusión de la investigación surja la recomendación de efectuar una denuncia penal, y se tenga la convicción de un presunto delito de acción pública, se deberá efectuar la denuncia penal.

La Oficina de Integridad Pública llevará adelante un registro interno de denuncias recibidas, a los fines de asegurar su seguimiento y el procesamiento de información para la elaboración de indicadores estadísticos. Los datos sobre las consultas y denuncias recibidas por la Oficina de Integridad Pública deberán ser incluidos en su informe anual.