Generalmente, se dan a conocer las inspecciones y clausuras de distintos locales nocturnos que realiza el personal de la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC), que depende de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) de la Ciudad de Buenos Aires. ¿Alguien vuelve al lugar para ver cómo sigue la situación en cada uno de esos espacios?

Durante 2015, personal de la dependencia efectuó 68.000 inspecciones. Sobre ese total, la Gerencia Operativa de Actividades Nocturnas llevó a cabo 15.942 y detectó irregularidades en 1.696 locales.

La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) tomó 159 casos y descubrió que en la mayoría no hay una segunda inspección para verificar si fueron solucionadas las deficiencias encontradas oportunamente.

En su informe, aprobado en mayo de 2018, la AGCBA da cuenta que en el 11,3% de las situaciones, durante al menos nueve meses no se verificó si se subsanó la irregularidad detectada; en el 21,4% de los casos, al menos en seis meses no fue evaluada la corrección de la anomalía; mientras que en el 22,7% ocurrió lo mismo durante al menos tres meses.

Sobre el 44,6% de los casos restantes no hay comentarios, dado que las falencias fueron detectadas en inspecciones realizadas durante el último trimestre de 2015, cuando se realizó la auditoría.

¿Por qué se da esta falta de seguimiento? La AGCBA indica que la Gerencia Operativa contaba al momento de la auditoría con un plantel de 75 inspectores. ¿Alcanza? Desde el área auditada informaron al organismo de control que la dotación no es suficiente. Sin embargo, poco más del 13% del personal no efectuó tareas de inspección en el proceso auditado, mientras que seis de los empleados solo realizaron una.

Por otra parte, si bien la AGCBA destaca el convenio firmado entre la AGC y la ONG Familias por la Vida, que establece un procedimiento de tramitación de denuncias ingresadas al 0800 de la organización, el resultado no fue el mejor.

El organismo de control porteño resalta la ausencia de inmediatez entre la denuncia y la efectiva fiscalización, lo cual "conspira contra su eficacia, principalmente en aquellos casos en que la denuncia es por exceso de capacidad y presencia de menores en locales bailables.

La Auditoría también puso el foco en la inspección de capacidad. En 2010 se previó por decreto la autorización del uso de medios mecánicos, eléctricos y electrónicos para el control preventivo y la constatación del cumplimiento del cupo de personas autorizadas en establecimientos nocturnos.

Al reglamentarse aquel decreto, se manifestó la obligatoriedad de instalación y funcionamiento del Sistema Inteligente de Conteo de Personas (SICOP). Pero la norma fue dejada sin efecto en agosto de 2013. Los auditores consideran que este cambio generó la ausencia de una herramienta que otorgue precisión en la detección de exceso de capacidad en eventos y establecimientos nocturnos de concurrencia masiva.

No obstante, en su descargo, el auditado asegura que a través de la Ley N° 5.641 se superó el inconveniente al establecer que es necesario presentar un plan de acción que durante el desarrollo del evento asegure un control de acceso tecnológico, debidamente homologado y certificado a fin de garantizar el respeto del cupo máximo otorgado.

El sistema deberá contemplar pantallas en las puertas de acceso y en el interior del lugar donde se desarrolle la actividad para permitir verificar de manera inmediata, precisa y en forma visible el porcentaje de ocupación. La AGC deberá poder tener acceso, en tiempo real, a la información completa de la evolución de ingresos y egresos.