Hace unos días se difundió la contratación de la empresa KPMG Argentina para auditar las pensiones no contributivas, entre las cuales se encuentran las que son por discapacidad. Esta contratación se realizó amparada en un decreto de 1997 que está en desuso y se da por un valor de casi 6 millones de pesos. A pesar de que Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) impugnó la contratación ante la justicia, la auditoría está en marcha y se auditarán 100 mil legajos.

El 20 de septiembre, la Agencia Nacional de Discapacidad emitió la resolución 268/2018 que instaura la suspensión de pensiones no contributivas por invalidez que presenten algún tipo de incompatibilidad. Estableciendo, además, un plazo de 10 días hábiles para ejercer el legítimo derecho de defensa y presentar pruebas. Esta decisión se asienta sobre el decreto 432/97, sancionado durante el gobierno menemista, que quedó en desuso luego de que Argentina adhiriera a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un derecho internacional de la Organización de las Naciones Unidas.

Un mes antes de la resolución, la Agencia puso en marcha la contratación para la realización de una auditoria. La misma fue publicada en el sitio Comprar.ar el 27 de agosto, donde figura que la empresa KPMG Argentina cobrará 5.849.745 pesos por el servicio de Consultoría para análisis de pensiones no contributivas. Desde REDI impugnaron esta resolución, pero la Agencia continuó con la aplicación de la misma.

Pedimos que se suspenda la ejecutividad de la resolución que sacó la administración, por lo cual no debería aplicarse hasta que haya sentencia definitiva. Sabemos que hay personas que comenzaron a recibir los telegramas que envía la Agencia intimándolas para que cumplan con determinados requisitos, expresó Varina Suleiman, abogada y miembro REDI.

Los telegramas que llegan al domicilio de los pensionados se basan en el criterio de incompatibilidad del decreto 432/97 y los intima a que presenten la documentación adecuada que verifique su situación. Estos criterios cambiaron desde la Convención. El decreto es inconstitucional y no tendría que aplicarse. Como la Cámara de Casaciones todavía no lo resolvió, pedimos que se suspenda su aplicación hasta que este decidido por la justicia. Pero bueno, el estado apeló y ya empezó a ejecutar la auditoría, aseveró Suleiman.

El decreto 432/97 establece ciertos requisitos, como tener 70 años para acceder a la pensión a la vejez, encontrarse incapacitado de forma total y permanente para la de invalidez o poder acreditar un 76 por ciento de discapacidad. Otro de los requisitos que estipula es no poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia. Todo este marco legal fue dado de baja cuando el Congreso Nacional adhirió en 2008 a la Convención Internacional.

Por su parte la ONU, en oportunidad de un monitoreo a los Derechos de las Personas con Discapacidad en 2012, había observado con preocupación disposiciones en la normativa del Estado parte sobre el acceso a pensiones no contributivas que discriminan directa o indirectamente a las personas con discapacidad, entre ellas, el requisito exigido por el Decreto Reglamentario 432/1997 y el criterio de elegibilidad para acceder a una pensión asistencial por motivos de incapacidad establecido en la Ley Nº 18.910.

Pedidos de acceso a la información

A la espera de lo que defina la Cámara de Casación al respecto de la impugnación de la resolución 268/2018, desde REDI presentaron dos pedidos de acceso a la información. Uno, en la Agencia Nacional de Discapacidad donde se pide toda la documentación respecto de los actos administrativos a cuyas resultas se decidió la contratación de un servicio de consultoría para análisis de pensiones no contributivas. Y el otro, fue para la Oficina Nacional de Contrataciones donde se solicitó acceso a la información pública respecto de la licitación y contratos de servicios de consultoría para análisis de pensiones no contributivas, EX-2018-27021831- -APN-CCCYSG#AND, número del proceso de compra 483-0004-LPR18.

Nos mienten mucho, dan poca información, entonces directamente ya ni les creemos. De todas formas, esperamos que nos respondan. Como es información pública deben responder con la documentación y el expediente completo, denunció Suleiman.