Tras varios años de analizar la rendición de cuentas por parte de los cuarteles de bomberos voluntarios, el Tribunal de Contralor presentó un proyecto que busca modificar la ordenanza que prevé el control sobre las Asociaciones de Bomberos.

La iniciativa, que será analizada por el Concejo Municipal, busca modificar el artículo 18 de la ordenanza 1862 del Sistema Municipal de Bomberos Voluntarios (SIMBOV), donde se estipula que las entidades, además de los balances anuales, deben presentar documentación respaldatoria del período.

Gestionpublica.info entrevistó a Daniela Núñez, presidenta del Tribunal de Contralor y explicó que había una laguna legal en cuanto a las obligaciones de los cuarteles, a raíz de que no estaban obligados a presentar los documentos de validación junto con los balances y no se podía chequear su legalidad. 

Además, Núñez contó como surgió este proyecto: El hecho puntual fue que hubo cuarteles que se negaron a entregar la documentación porque no estaba en la ordenanza.

Ante esto, la iniciativa estipula que el Tribunal de Contralor puede requerir de las oficinas, reparticiones, dependencias, instituciones o entidades municipales y entes privados prestatarios de servicios públicos, los datos e informes que necesite para cumplir con su cometido y exigir la presentación de libros, expedientes y documentos, que no pueden ser negados.

Otro motivo que impulsó el proyecto, es el convenio que firmó el organismo Contralor con la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), el cual especifica la capacidad técnica del organismo para verificar las partidas de fondos nacionales otorgados a la Municipalidad, organismos autárquicos, empresas y sociedades de economía mixta, pero no contempla la posibilidad de pedir la documentación respaldatoria de los balances a las Asociaciones de Bomberos. 

En cuanto a la modificación de la ordenanza, el proyecto del Tribunal exige que las Asociaciones de Bomberos presenten ante el SIMBOV los balances dentro de un plazo de 90 días finalizado el ejercicio, junto con la documentación integral respaldatoria del período y aclara: Vencido ese plazo, las asociaciones podrán pedir una prorroga de 30 días, pero la no presentación en tiempo y forma, será causal de retención de los aportes mensuales y semestrales por parte del SIMBOV hasta tanto se regularice la situación.