Según la Resolución 371/2018, publicada el 23 de octubre en el Boletín Oficial, desde el ámbito que dirige Marcos Peña, autorizaron a la Secretaría de Gobierno de Modernización y a la de Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos, a tramitar dentro de sus respectivos ámbitos, las solicitudes de Acceso a la Información Pública, en el marco de la Ley N° 27.275, modificatorios y complementarios, que impliquen cuestiones que, conforme Decreto N° 802/18, sean materia de su competencia.

La Ley N° 27.275 tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

En su artículo 30, la normativa establece que cada uno de los sujetos obligados deberá nombrar a un responsable de acceso a la información pública, el cual podrá tramitar las solicitudes de acceso a la información pública dentro de su jurisdicción.

Según lo publicado en el Boletín Oficial corresponde instruir a dichas Secretarias a tramitar en su ámbito las solicitudes de Acceso a la Información Pública en aquellas materias que, conforme el Decreto N° 802/18, sean de su competencia.

Para entender esta nueva resolución respecto de la Ley de Acceso de la Información Pública, Gestionpublica.info se comunicó con el Director Ejecutivo de Poder Ciudadano, Pablo Secchi, quien explicó que tanto Ibarra como Lombardi van a tener el poder delegatorio, que ya existe en todos los ministerios.

No veo nada extraño. La resolución es por el cambio de ministerios a secretarías. Les están dando su respectivo poder en sus nuevas carteras, analizó Secchi y concluyó: Debe haber decretos así para todos los secretarios de Estado. No tiene lógica que una resolución que vaya en contra de la Ley.