El Tribunal de la Sala I en lo Criminal de Paraná, condenó ayer a un año y dos meses de presión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos a Tomás Fernández, quien fuera vocal del directorio del Instituto Autárquico Provincial del Seguro (IAPS), durante la gestión de Sergio Montiel.

Al ex funcionario se lo juzgó y condenó por el delito de "negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones", al comprobársele que quebrantó el deber que tenía como funcionario de imparcialidad. Fernández, como director del IAPS se vendió a sí mismo un inmueble de propiedad de la compañía del Estado.

La condena que recibió Fernández guarda similitud con la que se le aplicó al ex funcionario bustista, Gustavo Borrajo, quien era titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía de la provincia entre 1996 y 1998.

La diferencia es que en el caso Borrajo, fue en concurso real y la condena estuvo agravada por su condición de abogado. En este caso, le correspondió dos años de prisión en suspenso, además de la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

A la hora anunciada, el Tribunal (compuesto por José María Chemez, Ricardo González y el juez subrogante Daniel Malatesta) dio a conocer la parte resolutiva de la sentencia, por la que se condenó a Fernández a un año y dos meses de prisión en suspenso y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En tanto, el martes 30, a las 7,30, las partes podrán conocer los fundamentos completos del fallo judicial.

DELITO. Aunque está la posibilidad de que la defensa interponga un recurso de casación, el Tribunal encontró ayer a Fernández culpable del delito que se le imputó: "negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones".

La causa contra Fernández se inició en virtud de un expediente del Tribunal de Cuentas que en un dictamen puso en entredicho la operatoria de venta directa de bienes inmuebles del IAPS. Ese proceso de venta, se llevó a cabo tras la firma de una resolución, que suscribió el entonces presidente del IAPS, Gustavo Beltrame y el propio Fernández.

El hecho ilícito estuvo dado, según la condena que recibió ayer, porque en su calidad de vocal del directorio del IAPS y asegurado de la misma empresa, suscribió una resolución por la cual se (auto) vendió el departamento 10 F, propiedad del Edificio del Seguro, de calle Buenos Aires y Ecuador, valuado en 70.218 pesos.

El vocal adquirió en forma directa -no hubo proceso de licitación pública- el departamento, el que pagó una parte con bonos federales, cheques y fondos provenientes del pago de una póliza de seguro del Instituto, a raíz del siniestro de una camioneta que tenía.

Para los denunciantes (la Oficina Anticorrupción de la provincia, que además fue querellante en la causa), la operación de "auto-venta" del inmueble que quedó en manos de Fernández, se encuadró dentro de las previsiones del artículo 265 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, puesto que sanciona a los funcionarios públicos que intervengan en un negocio en virtud de su cargo, volcando en ése negocios un interés suyo particular en miras a obtener un beneficio propio o de un tercero.

Es decir, Fernández por una parte, actuó en representación (por su función de vocal del directorio del IAPS) del Estado pero, por el otro realizó una injerencia de su propio interés en el negocio en cuestión y así también lo entendió el Tribunal.