La Defensoría del Pueblo intervino por el ISFD N°3
La Defensoría del Pueblo y el Ambiente local intervino ante el Consejo Provincial de Educación (CPE), por la grave situación denunciada repetidamente por el Instituto de Formación Docente (IFD) N° 3.
Fue mediante una nota, dirigida a María Susana Ferró, donde, en resumen, solicitan “la inmediata designación de los cargos auxiliares”, y un informe sobre “las previsiones destinadas a corregir las limitaciones edilicias que enfrenta la institución”.
La nota completa puede leerse a continuación:
“Por la presente tengo el agrado de dirigirme a Ud. para imponerle de la grave situación que atraviesa el Instituto Superior de Formación Docente N°3 (ISFD3) de San Martín de los Andes, y solicitarle por este mismo medio que arbitre las medidas conducentes a cesar con el perjuicio y vulneración derechos que tales circunstancias involucran.
Las carencias que a continuación se detallarán comportan la presunción de actos discriminatorios intolerables, atribuibles en un todo a la deserción de obligaciones que competen al Consejo Provincial de Educación.
El acta 358/17 de fecha 3 de abril de 2017, recoge las incidencias de la reunión de personal del ISFD3, que suscriben profesores y profesoras y trabajadores y trabajadoras y se anexa a la presente.
El documento dice: “…dada la falta de los auxiliares de servicio en el turno vespertino que puedan garantizar la limpieza semanal de las doce aulas y las 16 aulas cada 15 días que concurre el ‘semi’ (semipresencial) de Lengua y Literatura, damos el debate en torno de quiénes tienen clases y qué grupos no; la auxiliar del turno vespertino sólo limpia cuatro aulas de la Escuela 134 (instalaciones prestadas al ISFD3). Se conversa en relación a las no respuestas formales por parte de la Directora del Nivel Superior…”.
Como habrá advertido, la cita es textual del acta que se anexa y a la que accedió esta Defensoría por su expreso pedido de incorporación al expediente propio 05005-003/2106, iniciado el pasado año en el marco de la Emergencia Educativa declarada en San Martín de los Andes.
Por más abundancia que explicite tal sinrazón, el acta N°5 del mismo día, mes y año, refiere: “necesitaríamos la creación de dos cargos de auxiliares de servicio para garantizar no sólo la limpieza de las escuelas, no sólo la propia sino las dos que nos faltan por falta de edificio propio…”. Y agrega: “…esta falta de respuesta nos pone en la perversa situación de tener que definir quiénes podrán cursar y quiénes no, yendo en contra del derecho básico del estudiante. Ante esto, proponemos una reunión interclaustro para discutir cómo seguimos y si se arma grilla de cursada…”.
Sin perjuicio de la buena voluntad y empeño en la procura de soluciones expresados en el mismo instrumento por los participantes de la aludida reunión, resulta dramático e inadmisible que una institución educativa se vea forzada a dirimir a qué alumnos se da clases y a qué otros no, por imperio, en este caso, de la falta de personal de servicio.
Naturalmente, tal despropósito ataca el derecho de acceso a la enseñanza, provocado por el propio Estado que por su imprevisión e inacción crea a su vez desigualdad de oportunidades. Tal lo apuntado ut supra, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente de San Martín de los Andes conmina al organismo de su digna dirección, a proveer con la urgencia del caso las medidas necesarias para corregir la presente situación.
Sin embargo, no escapa al análisis que la designación de los auxiliares de servicios requeridos no soluciona el problema de fondo que acusa esta institución. La oferta educativa del ISFD3 consta de los Profesorados de Educación Primaria y de Educación Secundaria en las disciplinas de Biología, Lengua y Literatura. Esta última, a su vez, se dicta en las modalidades presencial e intensiva y semipresencial, por lo que la formación alcanza a estudiantes del sur, centro y norte de la provincia.
La matrícula alcanza a más de 500 estudiantes, pero el edificio propio de la institución dispone de sólo dos aulas, razón por la cual y mediante convenios con otros establecimientos educativos, el ISFD3 utiliza la totalidad de las aulas de la Escuela 134 en turno vespertino, a lo que en el presente curso se agregan aulas de la Escuela 179 debido al crecimiento vegetativo de la matrícula, que este año se incrementó en 200 alumnos y alumnas.
El cuerpo directivo, según se consigna desde la institución a requerimiento de esta Defensoría, solicitó en 2016 ante la Dirección General de Nivel Superior del Consejo Provincial de Educación, las adecuaciones edilicias necesarias y demandadas de modo acuciante. Sin embargo, se informó, el ISFD3 fue excluido en 2017 del listado de edificios educativos sujetos a ampliación, por parte de la Dirección Provincial de Servicios Generales del Consejo Provincial de Educación.
Hasta tanto no se asuman las decisiones pertinentes a los efectos de dotar al ISFD3 de las instalaciones adecuadas y propias, toda otra medida será meramente paliativa y de escaso efecto en el tiempo. Basta volver la mirada a lo ya expresado en esta nota para advertir las consecuencias prácticas de tal carencia: el uso de los sanitarios y aulas de otras instituciones, impone al ISFD3, como es natural, dejar las dependencias en perfecto estado de uso. Sin embargo, la falta de designación de auxiliares que actúen conforme reglamento, imposibilita cumplir con tales obligaciones y afecta gravemente al ISFD3, sino también y por vía indirecta a las instituciones que prestan cobijo a su matrícula.
A modo de resumen, entonces, solicito a Ud. la inmediata designación de los cargos auxiliares en cuestión, a la vez que informe a esta Defensoría y/o a la comunidad educativa del ISFD3, las previsiones destinadas a corregir las limitaciones edilicias que enfrenta la institución. Seguro de que sabrá apreciar la justicia y urgencia de dar respuesta satisfactoria a las necesidades de la comunidad educativa del ISFD3, es que saludo a Ud. con atenta consideración y ofrezco la colaboración de esta Defensoría en todo cuanto fuere menester con ese fin”.