La Red de Periodistas de América Latina para la Transparencia y la Anticorrupción (PALTA) y la fundación Directorio Legislativo lanzaron una investigación sobre los beneficios legales y tributarios que le otorgaron los países de la región a las farmacéuticas a la hora de negociar la compra de vacunas contra el COVID-19. Al menos 13 países cambiaron alguna norma entre septiembre y febrero. 

En total, en América Latina se aprobaron 23 nuevas normativas, entre leyes, decretos y resoluciones. Según el informe, los mismos "afianzaron, desde distintos ángulos, opacidad a estas adquisiciones y le dieron indemnidad económica y confidencialidad a las farmacéuticas que producen la vacuna”. Además, el documento indicó que varias modificaciones fueron realizadas por requerimiento de los laboratorios. 

Según el informe, en marzo 17 países tenían aseguradas las vacunas para sus poblaciones por acuerdos bilaterales con laboratorios o por intermedio del mecanismo multilateral Covax Facility. Esta última fue una iniciativa de la Organización Mundial de la Salud en la cual los países se adherían pagando cuotas adelantadas. 

Hubo ocho países que aceptaron cláusulas de indemnidad económica, entre ellos Argentina, Brasil, Colombia y Perú. El objetivo buscado por los fabricantes es que los Estados se hagan cargo de posibles demandas que puedan enfrentar los fabricantes ante probables efectos adversos graves después de que se ejecuten los planes masivos de vacunación.

Felicitas Torrecilla, coordinadora de Investigación de Fundación Directorio Legislativo, explicó que 13 gobiernos tuvieron que hacer importantes concesiones para firmar contratos, las cuales limitaron el acceso público a información crítica sobre los términos acordados y los precios pagados en cada país. Además agregó que estas cuestiones “son cruciales para entender no sólo cómo se ha conducido el proceso para acceder a las vacunas, sino también los desafíos globales vinculados a la equidad sanitaria en un mundo desigual”. 

En esa línea, según el informe hubo un punto en el que tuvieron un criterio casi unificado: ofrecer confidencialidad del proceso de adquisición y asegurarse atajos en los sistemas de contratación establecidos. Fueron 16 los estados que compraron de manera directa, es decir, sin procesos de licitación pública. El pionero fue Perú, que en septiembre del 2020 entró en negociaciones con Pfizer y Sinopharm, entre otros, y el Poder Ejecutivo publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia que excluía a las adquisición de vacunas de la Ley de Contrataciones del Estado.   

Además, según el documento, casi ningún estado de la región dio a conocer el valor que pagó por cada dosis. No obstante, el informe agregó: “La excepción en este sentido es Honduras que dio a conocer el precio que pagó por la vacuna que llegará a través del fondo de acceso global Covax”. 

Más allá de la confidencialidad y de las cláusulas anti demanda, en cuatro países también hubo exención de impuestos para la compra de vacunas.  Argentina incluyó esto en la ley sancionada el 29 de octubre de 2020 que reguló el proceso de vacunación. En el artículo 6° se estableció que no se tiene que pagar derechos de importación, ni ningún otro impuesto o gravamen. 

Diez laboratorios hicieron acuerdos con países. AstraZeneca fue el que más contratos firmó, en total, con 14 gobiernos: Argentina, Chile, Perú, Ecuador, Uruguay, México, Colombia, El Salvador, Costa Rica, Honduras, Panamá, Paraguay, Bolivia y Brasil.  Por su parte Pfizer/BioNTech negoció con 11 países, mientras que el instituto ruso Gamaleya, que produce la Sputnik V, lo hizo con seis. Las farmacéuticas chinas Sinovac, Sinopharm y CanSino firmaron contratos con seis, tres y un país, respectivamente.

Sólo Nicaragua y Guatemala no concretaron contratos con laboratorios y dependen exclusivamente de los envíos de Covax o de donaciones. “No obstante, el gobierno guatemalteco publicó en febrero pasado, una norma que otorga inmunidad de juicio a las farmacéuticas”, explicó el documento y agregó que dicho estado “modificó su legislación para exceptuar a la compra de vacunas de los requerimientos del sistema nacional de contrataciones, aunque, como una acción a favor de la transparencia, se admitió la publicación de los detalles de estas adquisiciones”.