Un grupo de ONG conformado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación Mujeres en Igualdad (MEI) y la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) presentó un amparo contra la Legislatura porteña por no respetar el cupo femenino. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia se expidió en un fallo sobre el modo de interpretar estas pautas en los organismos públicos colegiados

La demanda fue hecha en 2015, cuando poder Legislativo de CABA designó a un auditor en reemplazo de la auditora que venía ejerciendo el cargo, violando a los parámetros de cupo por género establecidos en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

La norma establece que en la conformación de los entes estatales colegiados debe asegurarse al menos un 30% de personas de cada género. Sin embargo, la Justicia asegura que no se cometió ningún tipo de falta al designar un cuerpo de auditores compuesto por solo dos mujeres entre sus siete integrantes.

La sentencia de primera instancia había declarado la nulidad del nombramiento y a la vez ordenó a la Legislatura que hiciera un pedido de disculpas públicas por el hecho y lo publicara en uno de los tres diarios de mayor tirada de la Ciudad, como medida de reparación al colectivo de mujeres.

La Cámara de Apelaciones confirmó lo anterior sosteniendo que “el hecho de que haya cesado el acto discriminatorio que originó la causa, no excluye la posibilidad de una reparación del daño colectivo causado, por un medio razonable, proporcional y previsto por la ley”.

Pero el nuevo fallo, que tuvo mayoría por los votos de los jueces Lozano y Otamendi y de la jueza De Langhe, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la Legislatura y revocó la sentencia que había dictado la Cámara de Apelaciones.

Por su parte, las juezas Ruiz y Weinberg expresaron sus diferencias con la decisión de la mayoría al votar en contra de lo sostenido por sus colegas.

Desde ACIJ aseguraron que “los criterios sostenidos por la mayoría resultan preocupantes no solo porque legitiman la vulneración a una disposición expresa de la Constitución porteña, sino porque además contradicen los estándares internacionales de derechos humanos sobre los derechos de las mujeres”.

“Con su decisión, el Tribunal Superior de Justicia desconoce las obligaciones asumidas por la Ciudad de Buenos Aires respecto a la igualdad de género en el acceso a los cargos públicos”, expresaron desde la ONG y agregaron: “Uno de los jueces sostiene que, al designar a un quinto auditor varón, no se había cometido un acto discriminatorio contra ninguna mujer en particular -dado que el bloque que debía promover el reemplazo solo había propuesto a un hombre-, desconociendo el interés del colectivo de mujeres como tal en defender su derecho de acceso a cargos públicos”.