La AGN institucionalizó los pedidos de acceso a la información
El organismo de control designó al titular de la Gerencia de Administración y Finanzas como responsable para tramitar las solicitudes de Información Pública, llevar su registro y difundir los datos que el sistema impone.
La Auditoría General de la Nación (AGN) institucionalizó los pedidos de acceso a la información según lo dispuesto por la ley 27.275. El organismo de control ahora contará con un responsable para dicha tarea y puso a disposición un formulario de fácil acceso web para toda la ciudadanía.
A través de una disposición se designó al titular de la Gerencia de Administración y Finanzas como la persona responsable para tramitar las solicitudes que reciba el organismo. Además dentro de sus tareas deberá llevar su registro y difundir los datos que el sistema impone. En los casos en que el funcionario designado no pueda desempeñar la función, quedará a cargo del subgerente de Administración y Finanzas.
¿Cómo realizar una solicitud?
Todos los formularios para realizar pedidos de información deben ser dirigidos al presidente de la Auditoría General de la Nación, Jesús Rodríguez, y presentadas en la sitio oficial web de la AGN o en la sede del organismo de control, Rivadavia 1745, CABA. En ningún caso es necesario patrocinio letrado ni formalidad alguna, solo se debe indicar la identidad del solicitante, la descripción clara de la información que solicita y los datos de contacto.
El ciudadano que pida información y se le deniegue puede reclamar ante la Justicia.
“En caso de denegatoria o cualquier otro incumplimiento, el solicitante podrá, dentro de un plazo de 40 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo de 15 días establecido para la respuesta, interponer un reclamo ante la AGN o, a su opción, ante la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Congreso de la Nación”, explicaron desde el organismo de control.
El ciudadano que pida información y se le deniegue puede recurrir por vía de amparo directamente ante los tribunales de primera instancia en lo contencioso administrativo federal dentro de los 40 días hábiles desde que fuera notificada la resolución denegatoria de la solicitud o desde que venciera el plazo para responderla.