Córdoba.- Todos los funcionarios municipales, cualquiera sea su rango, deben tener conocimiento pleno del Código de Ética para el Ejercicio de la Función Pública –ordenanza 10754– al asumir su mandato para que éste se convierta en el norte de su gestión.

Si bien la mayoría de las normas que limitan las acciones de las autoridades de la administración pública no sale del sentido común, en muchos casos se terminan transgrediendo, y las explicaciones al hacerse público el acto ofrecen una amplia gama de excusas, imprevistos o errores.

Los montos muchas veces son insignificantes para el presupuesto que maneja un municipio, como el cordobés por ejemplo, pero lo que está en discusión no es la cantidad sino la calidad y lo que está en juego es la transparencia que fortalece a un gobierno.

Tras la desaparición de la oficina Anticorrupción en la Municipalidad de Córdoba, prácticamente no hay instancias internas para velar el cumplimiento de las obligaciones y deberes de los funcionarios. "El ingreso a la Función Pública implica tomar conocimiento del presente Código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento", dice el Artículo 4º de la ordenanza 10754. ¿Quién lo monitorea?

En los últimos años, sobre todo desde los ’90, el concepto de corrupción se asocia al sistema político en la Argentina y de algún modo se naturalizó en el imaginario colectivo. Escuchamos siempre frases como "dejen de robar", "este corrupto", "aquel es un ladrón" y se dicen con una soltura como si se tratara de un calificativo más que define a una persona en relación a su actividad.

Las instituciones van perdiendo peso y la gente se desvincula de la participación por temor a que lo vinculen con éste o aquél. El compromiso y la defensa de la democracia están en acciones cotidianas en cada uno de los roles que nos toque jugar en la sociedad. La posibilidad está ahí, siempre; la decisión es de uno, siempre.