El juicio público a Perés debe esperar a febrero
Publicado: 13-01-09
Fecha: fijar la fecha de inicio del juicio público es una facultad del presidente del jury, el ministro del Superior Tribunal de Justicia Víctor Menéndez. El 5 de febrero terminarán las pericias y luego de las notificaciones de rigor, comenzaría en la semana inmediata siguiente, que se inicia el 9 de febrero. La perita contable pidió ampliar los plazos para finalizar su trabajo.
Una nueva perita contable que intervino en la causa, quien pidió una ampliación para realizar su tarea, obligó a postergar el juicio público al actual presidente del Tribunal de Cuentas, Natalio Perés, y al vocal Rubén Rivero. La fecha de inicio, cuya facultad para fijarla la tiene el presidente del jury, Víctor Menéndez, podría quedar para la semana del 9 de febrero. Hay 13 testigos citados.
Los funcionarios serán juzgados por no cumplir sus funciones cuando se consumó la estafa contra el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda por la que ya fueron condenados sus máximos directivos, el ex vicepresidente Hugo Agüero y el ex gerente general Luis "Tito" Araniz, entre otros. El fraude motivó dos causas judiciales: en una se investiga el cobro de 629.000 pesos a través de 226 cheques (la causa en la que están acusados una empleada en negro del IPAV, Flavia Penalba, y su esposo, el abogado Fernando Gutiérrez, además de otros familiares); y en otra, por la que fueron condenados el ex vicepresidente ejecutivo Hugo Nelson Agüero y el ex gerente general Luis Edgardo Araniz, a cinco años de prisión efectiva por peculado (sustracción de caudales públicos) y cohecho (pago de coimas) por 960.456 pesos. También hay otros cinco funcionarios condenados a penas menores (Mirta Isabel Rodríguez, Walter Raúl García, Susana Beatriz Mansilla, Juan Cono D’Amico y Rubén Angel Naval).
El pasado 7 de enero el jury se reunió en forma parcial, ya que hubo alguna desinteligencia en la convocatoria. A la reunión asistieron el presidente Víctor Menéndez, el diputado provincial Martín Berhongaray y el abogado Emil Konkurat. Estuvieron ausentes la legisladora Patricia Lavín y la abogada Marina Vaninni.
Nueva perita
La perita designada fue Liliana Rodil. Tenía un plazo de 7 días hábiles para finalizar la pericia contable y ratificar lo investigado. Pero la profesional pidió una ampliación de 15 días hábiles más.
Estaba previsto iniciar el jury en la segunda quincena de enero, pero ahora las pericias terminarán el 5 de febrero. Es decir que se podría iniciar en la semana del lunes 9 de febrero, luego de cumplir con los trámites y las notificaciones formales.
Testigos
En la lista de testigos figuran ex presidentes del Tribunal de Cuentas, ex vocales; actuales vocales y contadores fiscales del organismo; un intendente y un director del Banco de La Pampa.
Los testigos son 13, de los cuales 10 fueron ofrecidos por el presidente del TdC, Natalio Perés, 5 por el vocal Rubén Rivero y uno por el procurador fiscal, Mario Bongianino. Aunque en el caso de Perés y Rivero algunos testigos se repiten.
Los testigos de Perés son el actual contador general de la Provincia, Agustín Hernández (ex presidente del Tribunal de Cuentas que enfrentó también un pedido de juicio político por no controlar los llamados "subsidios truchos" que fueron destinados a Rucanelo y Chacharramendi, entre otras comisiones); el vocal Francisco García (acusado en un tramo del jury junto a Perés y Rivero); el ex diputado Luis Galcerán (ex presidente del TdC); Susana Antonelli (ex contadora y ex jefa de una sala); el ex contador fiscal Mario Fiorucci; el ex gerente contable y propuesto director del BLP Walter Faccipieri; el ex presidente del IPAV e intendente de General Pico Jorge Tebes; Marcela Verges (empleada del TdC) y Daniel Beninato (ex contador fiscal y actual secretario del Tribunal de Cuentas).
Por el lado de Rubén Rivero se repiten los testigos Mario Fiorucci, Agustín Hernández y Susana Antonellli. Pero además presentó a Marcela Vide y Gabriela Miranda, empleadas del TdC.
Por su parte, el procurador fiscal Mario Bongianino presentó como testigo al contador Silvio Alvarez, quien ya actuó en el juicio del IPAV e integra los planteles técnicos del Superior Tribunal de Justicia.
La acusación
La acusación que pesa sobre Perés y Rivero señala que "...ante la omisión de contralor por parte de las autoridades responsables del Tribunal de Cuentas de la Provincia, en las probadas irregularidades financieras cometidas con las operatorias ’Banco Hipotecario Nacional’ y ’Gastos de Inspección’ que permitió la sustracción de dinero público, investigadas en la causa Nº 444/04 ... perfeccionadas en el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda -IPAV- en el período comprendido entre los años 1999-2003 analizado por el Tribunal, no obstante la designación del funcionario público como Contador Fiscal ... Rubén Angel Naval".
El voto de Menéndez, Lavín, Vanini y De la Iglesia (este último fallecido y reemplazado por el piquense Emil Konkurat) cita de la acusación fiscal otro párrafo: "...los fondos públicos sobre los que se ejercieron actos de corrupción debieron ser controlados por el Tribunal de Cuentas tal como lo dispone el art. 103 de la Constitución Provincial, pues debía fiscalizar la inversión y percepción de bienes públicos y no limitarse a un control formal".
En el período analizado se omitió la rendición de la cuenta Nº 10.313/6 de Tesorería del IPAV que posee en el Banco de La Pampa, tampoco fue exigida ésta por las máximas autoridades del Tribunal de Cuentas. Cabe recordar que el jurado menciona que la Resolución Nº 103/79 dictada por el Tribunal de Cuentas dispuso un Sistema de Rendición Diaria y Mensual del movimiento de las cuentas bancarias en las que debe ejercer el contralor de las rendiciones de cuenta, operaciones financiero patrimoniales para verificar la legalidad de los trámites, normativa que no se ha cumplido con los ingresos y egresos de fondos de las cuentas del IPAV, favoreciendo el accionar delictivo de sus autoridades y poniendo en evidencia así que el "control posterior" que debe realizar el Tribunal de Cuentas fue omitido. En razón de las consideraciones que se expusieron, la representante del Ministerio Fiscal entendió que los miembros del citado organismo habrían incurrido, por omisión, en el delito de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto en el art. 248 del C.P.