La eterna concesión de Punta Carrasco
Publicado: 01-11-08
Un legislador porteño presentó una denuncia ante la Justicia para que declare inconstitucional un decreto firmado por Mauricio Macri por el cual se renovó el contrato de concesión de Punta Carrasco, en la Costanera Norte. En un escrito de 44 carillas, el diputado Facundo Di Filippo, de la Coalición Cívica, sostiene que el gobierno porteño violó dos ordenanzas que establecen "las concesiones y permisos de uso vigentes (de los espacios de dominio público) se mantendrán hasta que opere su vencimiento, a partir del cual no podrán ser renovados". El diputado también reclama que se recupere el acceso a la costa, hoy vedado por la privatización de ese predio.
Di Filippo hizo hincapié en los "valores realmente irrisorios" del canon que la concesionaria paga a la ciudad, ya que fue otorgado originalmente por 2340,35 pesos mensuales y Macri lse renovó contrato por 35.000 pesos por mes, cuando "por el subarriendo no autorizado de locales puede percibir sumas que superan largamente esa suma".
El legislador destaca que el decreto 993/08, firmado en marzo, se renueva la concesión a la firma Punta Carrasco SA violando la Ordenanza 47.666 (de 1994) que, respecto a la ribera del Río de la Plata, dispone: "Prohíbase en la rambla Costanera Norte el otorgamiento de permisos de ocupación, uso y explotación, cualquiera sea su índole".
La acción de amparo quedó radicada en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 11 de la ciudad, a cargo de Fernando Enrique Juan Lima. Di Filippo añadió en la presentación un informe de noviembre de 2007 de la Auditoría General de la ciudad sobre una serie de incumplimientos del contrato por parte de la concesionaria y de la falta de habilitación de varios locales –gastronómicos y bailables– que funcionan en Punta Carrasco. La Auditoría también detectó que "la zona en cuestión ha sido objeto de rellenos no autorizados por autoridad competente, realizados sin parámetros ecológicos", por lo cual el legislador advirtió que "la nueva concesión abarca los terrenos rellenados ilegalmente".
En el informe de la Auditoría –reproducido parcialmente en la acción de amparo– se mencionan, además, los siguientes incumplimientos del contrato por parte de la concesionaria: "1) Incumplimiento del Plan de Obras obligatorias y ofertadas; 2) Realización de obras no autorizadas; 3) Incumplimiento del pago de derechos de delineación y construcción; 4) Subarriendo sin autorización del área gastronómica del complejo; 5) Desvirtuación del objeto de la concesión, contrariando el destino de paseo popular".
En otro tramo de su presentación judicial, el diputado porteño sostiene que con la concesión de Punta Carrasco y la renovación del contrato se violó el artículo 2369 del Código Civil, que establece lo que se denomina "camino de sirga", un camino público o calle de 35 metros aledaño al río en el cual no se puede realizar ninguna construcción ni deteriorar el terreno. "También se violó el artículo 8 de la Constitución de la ciudad de Buenos Aires, el cual expresamente señala que los espacios que forman parte del contorno ribereño de la ciudad son públicos y de libre acceso y circulación", añade Di Filippo.
Por último, solicita a la Justicia que "ordene al Gobierno de la Ciudad que, de forma inmediata, elimine cualquier obstáculo que impida el libre acceso a los espacios no construidos en el predio, incluyendo la totalidad del camino de sirga y que se instale apropiada señalización que informe el libre y gratuito acceso y circulación".