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Publicado: 27-01-2015

CABA.- En Tierra del Fuego, La Pampa, Corrientes, La Rioja, Salta y Ciudad de Buenos Aires las Declaraciones Juradas de los agentes públicos figuran en las páginas web oficiales. Pero, en el resto del país, solo se las da a conocer de mediar una orden judicial o de existir una sospecha ante un posible enriquecimiento ilícito en el patrimonio de un funcionario. 

La Ley Nº25.188, de Ética en el ejercicio de la función pública, sancionada en septiembre de 1999 prevé que “los funcionarios o empleados con categoría no menor a la de director y que presten servicio en la Administración Pública Nacional deberán rendir una declaración jurada patrimonial integral, además de actualizar la información anualmente”. 

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