Chaco.- La discusión pública sobre el manejo de juegos que a su cargo tiene Lotería Chaqueña y la denuncia de contratos fraudulentos con una empresa privada realizada desde el bloque de diputados de la Alianza provocó ayer que sus autoridades respondieran que se tratan de acusaciones "infundadas y falaces", según afirmó Daniel Pascual.

Según dijo esa denuncia hecha "tuvo un único propósito: atacar a esta gestión" y remarco que "Lotería Chaqueña nunca contrató a la firma Champion Games". 

También señaló que cuando se habilitaron las primeras salas de juego en el interior, para la provisión de máquinas, personal y local comercial, Lotería firmó convenios con la empresa del Estado Ecom Chaco y con los municipios. "Todo en el marco de lo establecido por las leyes orgánicas de la entidad que rigen el juego y específicamente de la ley Nº 4787 de Organización Financiera", acotó. 

Con legalidad 

Luego, Pascual dijo que con posterioridad a esta operatoria se estructuró por Decreto Nº 3590/08 un Fondo Fiduciario para Centros de Entretenimiento a través del cual Lotería Chaqueña busca atender de manera eficaz y ágil las demandas que suscita la explotación de las salas de juego oficiales y la refuncionalización del Hotel Gualok de Sáenz Peña. 

A la vez consignó que Lotería Chaqueña "no evadió en ninguno de los casos reseñados, el procedimiento legalmente instaurado para contratar. No es cierto que hayamos contratado con la SRL que por un lado afirman que no esta inscripta y por otra parte aseguran que está inscripta en el Registro Público de Comercio, revelando nombres de los supuestos socios y su presunto capital social". 

"Permanentemente se incurre en confusión conceptual, de hecho y del derecho que rige en materia de Fondos Fiduciarios, pues a fin de sembrar dudas en la opinión pública se sostiene que sobre los mismos no existe ningún tipo de contralor, cuando lo que pasa es totalmente lo contrario", dijo Pascual. 

El funcionario sostuvo que "esto deja a las claras que una vez instaurado este sistema, la sujeción a los procedimientos establecidos en la Ley de Administración financiera, la Ley N º 5005 que rige a Fiduciaria del Norte, la Ley N º 4990 de Obras Públicas, la Ley de Presupuestos u otras que buscan trasparentar contrataciones, es de imposible omisión, teniendo en consecuencia intervención la Contaduría General cuando ingresan fondos a la Provincia, el Tribunal de Cuentas, cuando son ejecutados a través de esa entidad y periódicamente cuando la Cámara a la que pertenecen los señores diputados reciben los informes vinculados a todos los bienes fideicomitidos". 

"Además, como si todo estos pasos legales que bien nos encargamos de cumplir al pie de la letra, es la misma Ley Nº 5688 la que en su artículo 17 dispone que todas las contrataciones que con fondos del sector público provincial efectuare la Fiduciaria del Norte S.A. estarán sometidas al control del Tribunal de Cuentas, de la Contaduría General y de la Fiscalía de Estado", añadió.