Publicado: 21-03-2012 
  
La ley de Administración financiera desnaturaliza las funciones de la Auditoría General de la Nación.

La recurrente mención que se realiza a los organismos de control y su rol en cuestiones de estricto interés social está relacionada con el real funcionamiento de una democracia moderna.

Las repúblicas democráticas establecen la legitimidad de la autoridad estatal sobre dos bases: 1) una evolución dinámica del sistema representativo, justamente para legitimar al funcionario estatal (especialmente el electo), y 2) el desarrollo y profundización constante de un sistema de autocontrol estatal que satisfaga la desconfianza social sobre el sistema y sus protagonistas.

La evolución del sistema representativo tiene un límite: resulta imposible arbitrar mecanismos de democracia directa "a la ateniense", por la cantidad de población entre otros cientos de razones. Por ende la profundización democrática se desarrolla en todas las latitudes, hacia más cantidad y mayor calidad de mecanismos de autocontrol estatal.

En la Argentina, esa tendencia se materializó en la Constitución de 1994 cuando se le otorgó ese rango a la Auditoría General de la Nación (AGN) que es el órgano por excelencia de control ex post facto de los actos de la administración. Lo completan la SIGEN, la OA, la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y un complejo entramado de auditores internos que se desempeñan en cada repartición pública.

Sin embargo, por su rango constitucional, la Auditoría es el órgano de control máximo. El artículo 85 de la Ley Superior establece que la presidencia de la AGN estará en poder del primer partido de oposición legislativa. No puede entenderse otro espíritu en el Constituyente que el de otorgarle a la oposición el manejo de este organismo. Nadie podría creer que quien diseñó la norma intentó darle el control al mismo oficialismo que se debía controlar.

Pero la ley de Administración Financiera, que rige a la AGN, desnaturalizó el espíritu de la Carta Magna, estableciendo un mecanismo para la selección de los auditores, que permite que los oficialismos controlen a la AGN y por ende, controlen su propio control. Es así como, tratándose de un colegio de auditores generales de siete miembros, primero Carlos Menem y luego el kirchnerismo, han contado con el favor de cuatro auditores en cada caso. Si bien la presidencia fue para la oposición, la misma no implica más que un cargo simbólico, las decisiones de la AGN se toman por mayoría en un colegio de siete.

Quien controla cuatro auditores controla la auditoría, es decir que controla el control. Es así que se crean organismos de control fácilmente tergiversables en su función, a efectos de pretender controles que en realidad no existen, porque controladores y controlados son en la realidad política práctica, empleados y jefes unos de otros. Esto menoscaba la calidad democrática y genera un evidente desinterés social por los controles, habida cuenta de que jamás resultan efectivos. Debemos avanzar hacia un mejor diseño de los organismos de control a efectos de minimizar la corrupción estatal y los daños que ocurren producto de la misma y que repercuten indirectamente en la vida de todos. La disminución en los niveles de corruptela es directamente proporcional a la caída de los índices de pobreza, indigencia, falta de vivienda, estructura sanitaria y educación, etc.