Fuente: PRESIDENTE DE LA AUDITORIA GENERAL DE LA NACION

La transparencia en la comunicación de los actos de gobierno es inherente a la democracia y un soporte fundamental del control republicano. De allí que las funciones de representación en la Auditoría General de la Nación (AGN) resultan inseparables de la responsabilidad de comunicar y difundir a la prensa los informes de auditoría aprobados por el organismo.

Las controversias generadas a raíz de recientes manifestaciones públicas de Auditores Generales designados a propuesta del oficialismo obligan, en función del cargo que detento, a brindar ciertas precisiones.En primer lugar, el informe de auditoría sobre la gestión de Políticas Energéticas referido a las obras de interconexión de la red eléctrica de alta tensión Choele Choel-Puerto Madryn-Pico Truncado fue aprobado por la Resolución 199/08-AGN, comunicado al Congreso con la firma de los siete Auditores Generales y publicado el 3 de diciembre de 2008 en la página Web del organismo. Cuestionar ante la prensa, primero la existencia y luego la autenticidad de un informe debidamente aprobado y regularmente difundido, daña injustamente la imagen de un organismo que ha hecho de la transparencia una práctica institucional.

Cabe subrayar que en los últimos siete años ninguno de los informes producidos por la AGN ha sido refutado públicamente. Sin embargo, cuando el periodista Nelson Castro trató este último informe, referido a obras eléctricas en la Patagonia, su programa radial fue levantado.

En segundo lugar, afirmar que "las competencias del Presidente surgen de las disposiciones legales que sólo el Congreso puede modificar", como lo hacen los Auditores Generales oficialistas en la réplica del 01/02/09 publicada en Clarín sobre un editorial de este medio, equivale a decir que la actual mayoría parlamentaria en ambas Cámaras podría modificar, restringir o alterar las atribuciones conferidas al Presidente de la AGN por la Constitución Nacional. Este criterio preanuncia la intención política de habilitar a la mayoría oficialista en el Congreso a obrar de esa manera. La pretensión de sustraer al presidente de la AGN la representación del organismo en materia de comunicación y difusión de sus actividades viola la legislación vigente (Ley 24.156, art. 123) cuando establece que el Presidente "es el órgano de representación", y el artículo 85 de la Constitución Nacional que confiere a la oposición política la facultad de proponer al Presidente para conducir el organismo. Ninguna ley, disposición reglamentaria o resolución de la AGN puede transgredir este mandato constitucional.

Atribuir al Colegio de Auditores Generales, integrado actualmente por una mayoría oficialista, la facultad de comunicar y difundir los informes, altera ilegalmente la representación del organismo y conduce a una situación crítica, sólo comparable a lo acontecido en el INDEC, donde el oficialismo se arroga el derecho de determinar lo que se debe comunicar a la ciudadanía "sobre lo que ve" de su propia gestión gubernamental.

Diputados de la UCR, la Coalición Cívica, el PRO y el Socialismo han advertido sobre las graves consecuencias del intento de recortar atribuciones y funciones del presidente de la AGN. Cabe precisar que en la única oportunidad que el artículo 85 de la CN hace referencia al "mayor número de legisladores en el Congreso", es al solo efecto de otorgar al partido político de oposición la facultad de proponer la designación del Presidente.

La AGN ha elaborado gran número de informes que han dado sustento a trascendentes decisiones del Estado. Por ello, más allá de las dificultades actuales, la AGN sostiene el firme compromiso de seguir cumpliendo su labor. Al permanente y renovado interés de los medios de comunicación por la información que produce el organismo, se suma el reconocimiento y apoyo de la ciudadanía y de las organizaciones de la sociedad civil a la tarea de los técnicos y profesionales de nuestra casa.