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Publicado: 17-07-2013

CABA.- Por Maria Victoria Gama*. Se sancionó la Ley de Publicidad de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de los Funcionarios Públicos (ley Nº 26.857), complementario del régimen de declaraciones juradas patrimoniales establecido en la Ley de Ética Pública (ley 25.188). Desde ACIJ fuimos cautos en las críticas, esperando una reglamentación que fuera consistente con los objetivos declarados en el proyecto, vinculados a “dotar de una mayor transparencia al desempeño de la función pública”.

No obstante ello, en pos de brindar lineamientos para una reglamentación de la ley que tuviera en miras mayor transparencia, y así mayor posibilidad de ejercer un control adecuado sobre los funcionarios obligados, le hicimos llegar a los diferentes poderes del Estado y autoridades de aplicación de la ley un documento con nuestras propuestas para que la reglamentación de la ley realmente fuera un avance en materia de transparencia y rendición de cuentas. En ella incluíamos la necesidad de precisar el contenido de la información que brindaría el formulario, desde qué año se publicarían las declaraciones juradas, quiénes se encontrarían alcanzados por la norma e información sobre los antecedentes laborales de los funcionarios públicos.

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