La Fundación Poder Ciudadano –el capítulo argentino de Transparencia Internacional-, presentó el informe Sistema de Integridad Local (LIS por sus siglas en inglés) de la Ciudad Buenos Aires en el que se evalúa la Ley de Ética Pública que tiene por objeto “regular obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades que se aplican al ejercicio de la función pública” y que la Legislatura porteña aprobó en diciembre de 2013.

El relevamiento da cuenta de que “la situación previa a la existencia de la Ley no cambió demasiado” y asegura que “la existencia efectiva de una norma no es una garantía en sí”. 

“Existen importantes deficiencias que se verifican en los niveles de implementación del marco legal vigente y en su efectiva aplicación en la Administración Pública Local”, afirma el estudio que se centró en investigar y recomendar a los diferentes actores de la CABA. 

Poder Legislativo

Se destaca por parte del Ejecutivo el “uso excesivo del veto a normas emanadas de la Legislatura” y la “no reglamentación de leyes sancionadas”, -como es el caso de la propia Ley de Ética Pública que tardó un año en ser reglamentada-. 

En este escenario, el trabajo aconseja “fortalecer la autonomía del Poder Legislativo y su relación con el Ejecutivo por medio de una legislación que fije plazos para la reglamentación de las leyes promulgadas” (Proyecto de Habeas Norma).

La Fundación recomienda “transparentar y hacer público” el presupuesto y cuenta de inversión de la Legislatura, así como también las auditorías que le realizan los organismos de control tanto internos como externos. Se propone incorporar dicha información con “niveles de apertura” que permitan su uso y análisis.

Otro de los puntos a mejorar es la publicación de la “actividad de los legisladores porteños” en los perfiles que están incorporados en el sitio web de la Legislatura.

Poder Ejecutivo

El estudio destaca el “uso particular del poder discrecional” en lo que se refiere a la publicidad de los Planes de Acción y en lo relacionado al diseño presupuestario. 

El último ítem se da en un escenario que combina “presentaciones de bajo nivel de desagregación, sub-determinación de montos respecto a los movimientos de la economía real, posteriores y generalizados pedidos de ampliación presupuestaria y relocalización de partidas para afrontar costos reales de implementación y, paradójicamente, creciente sub-ejecución presupuestaria en áreas sustanciales”.

Si bien estas prácticas no contradicen lo que dictan las leyes y todos son instrumentos que se encuentran bajo la competencia del Poder Ejecutivo, “la regularidad de su uso y la paradójica combinación antes señalada, minan la posibilidad de hacer predecible el uso de recursos y su efectivo control”.

Aunque se verificó un “progresivo proceso de apertura de información”, el informe especifica que en muchos casos, la profusión de los datos “se vuelve un obstáculo para la comprensión”.

Frente a esta situación, Poder Ciudadano recomienda “mantener actualizada la publicación de los Planes de Acción de cada una de las diferentes áreas del gobierno con criterios unificados que permitan comparaciones y evaluaciones por parte de la ciudadanía”.

Con respecto a los Partidos Políticos y Candidatos Locales de la Ciudad, el análisis muestra “deficiencias” desde el punto de vista normativo: la CABA “no sancionó un Código Electoral propio que condense los temas relacionados con la regulación de los partidos políticos –su organización interna, control, registro, procedimientos de votación, entre otros-“. 

Es por eso que se aconseja promover la sanción de un “Código Electoral que de coherencia a todas las leyes actualmente dispersas”, así como la promoción de los “gastos de campaña de los partidos políticos y la efectiva sanción a aquellos que violen la normativa”.

Poder Judicial

“Existe un vacío que permita cumplir con su papel en el combate contra la corrupción”, atestigua el relevamiento. 

En materia de espacios para que la ciudadanía pueda realizar quejas y reclamos sobre la Administración Pública Local, si bien existen instituciones –como la Defensoría del Pueblo y el propio Poder Judicial-, en la práctica, “la eficacia” de estas instituciones “no puede verificarse por la multiplicidad de actores y esferas de intervención comprometidas en la atención de la ciudadanía”. 

En este sentido, el informe Sistema de Integridad Local propone “regularizar la publicación de los informes de gestión de los organismos encargados de la recepción de las denuncias contra el Gobierno de la Ciudad”.

Auditoría interna

El hallazgo “más grave” se relaciona con el criterio manejado por la Sindicatura General de la Ciudad respecto al carácter no público de sus informes. 

El trabajo realizado por el capítulo argentino de Transparencia Internacional recomienda no solo revisar dicho criterio “por ser violatorio del derecho de acceso a la información pública que tiene reconocimiento constitucional expreso”, sino además, hacer públicos los informes en el sitio web de la Sindicatura.

Auditoría externa

En lo referido a la Auditoría de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), su trabajo técnico muestra “retrasos temporales significativos respecto a las materias auditadas”. A esto se le suma que sus recomendaciones “no tienen carácter vinculante para el Ejecutivo y tampoco son sistemáticamente consideradas por este actor”.

Poder Ciudadano le aconseja a la AGCBA “achicar la brecha existente entre las auditorías realizadas en materia presupuestaria de la Administración Central y la ejecución actual” para tener un seguimiento oportuno del manejo de los fondos del gobierno.

Por último, el estudio considera necesario “publicar de modo proactivo los informes de campaña –tanto previos como finales- de los partidos políticos en el marco de las elecciones” con el fin de garantizar la máxima publicidad de los ingresos y gastos de los mismos.