Actualizan la ley de derechos de los consumidores
En la provincia de Buenos Aires se aprobó la norma modificatoria que amplía las multas contra las empresas que vulneran derechos de los consumidores. Además, suma una figura para atender a personas de colectivos vulnerables.
La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobó el proyecto de ley que modifica el Código provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios. El mismo no se actualizaba desde el año 2004 y las multas que proponía habían quedado prácticamente obsoletas. Además se agregó la figura de persona consumidora híper vulnerable.
El proyecto de ley surgió de la senadora Gabriela Demaría, quien consideró que se debían actualizar las multas fijadas por ley, cuyos montos fueron puestos en el año 2004 e iban desde los 100 a los 500 mil pesos. Para la legisladora la multa más alta hace 18 años era “un elemento disuasorio más relevante para que las empresas cumplan”, pero hoy en día ya no.
La nueva ley modifica el artículo 73 de la ley 13.133 e incorpora una ampliación de la multa, la cual ahora será entre 0.5 a 5.000 salarios mínimos vitales y móviles. Este cambio hace que la norma se actualice sola a medida que se aumente el salario mínimo. A valores actuales, el tope de la multa pasa de 500 mil a más de 309 millones de pesos.
Mayor protección
La modificatoria también suma un artículo para proteger los derechos de los colectivos más desfavorecidos. La nueva ley explica “que las medidas de protección deberán acentuarse respecto de los consumidores hiper vulnerables que pertenezcan a colectivos sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros, que se vean afectadas por circunstancias que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores”.
Si los derechos de estos colectivos se vulneran, la normativa dispone sanciones más severas, las cuales podrán duplicar los montos establecidos. La senadora Demaria explicó que “la Ley sancionada se enmarca en la necesidad de abordar la asimetría estructural que caracteriza a las relaciones de consumo, habida cuenta que las personas consumidoras ocupan la posición más débil frente a los proveedores de bienes y servicios”.
De esta manera la provincia de Buenos Aires es la primera en reconocer los derechos de las personas consumidoras hiper vulnerables en todo el país. “Es un orgullo para mí que podamos sancionar esta Ley que viene a ampliar los derechos y a saldar esta deuda con las personas consumidoras y por ende con el conjunto de las y los habitantes de la Provincia”, argumentó la senadora.