La Oficina Anticorrupción lleva un mes sin titular
Tras la salida de Félix Crous, el organismo quedó vacante y a la espera de un sucesor. ¿Cuáles fueron los hechos más relevantes del espacio en el último año?
La Oficina Anticorrupción es un organismo desconcentrado dependiente del Poder Ejecutivo que trabaja para fortalecer la ética y la integridad en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal.
Desde la dimisión de Félix Crous, producida el 30 de diciembre, el organismo quedó en manos de Nicolás Gómez, quien lo secundó durante su estadía como titular mientras se espera el nombramiento de un nuevo titular.
Poco antes de la partida de Crous, la Oficina Anticorrupción (OA) habilitó el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE). Allí las empresas, de manera voluntaria, pueden adherirse y contribuir al desarrollo y mejora de los programas de integridad, al intercambio de buenas prácticas y a la promoción de ambientes transparentes en negocios y mercados.
El RITE fue impulsado por la OA con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Ley de Ética Pública
A mediados del año pasado se envió a Presidencia de la Nación un proyecto de Ley de Integridad y Ética Pública, que fue promovido por la OA, para modificar y modernizar la Ley Nacional de Ética en la Función Pública (Nº 25.188). No fue la primera vez que se intenta modificar dicha normativa, el otro intento fue en 2019 cuando el Poder Ejecutivo envió un proyecto al Congreso de la Nación, el cual perdió estado parlamentario.
El proyecto contó con la participación y aportes de la ciudadanía, organizaciones civiles, entidades públicas, privadas y el sector académico. Las principales coincidencias entre las propuestas se dieron en tres líneas. La necesidad de construir un Sistema Nacional de Integridad que abarque todas las entidades del Estado Nacional; crear autoridades de aplicación propias para que cada poder diseñe e implemente políticas de integridad considerando elementos comunes. Y finalmente mejorar las herramientas preventivas para combatir la corrupción.
Registro de obsequios
El decreto 1179 establece que los funcionarios públicos sólo pueden aceptar regalos por cortesía o costumbre diplomática, siempre y cuando no sean de personas o instituciones vinculadas con el Estado, y todos deben ser registrados.
La Oficina Anticorrupción (OA) es la autoridad de aplicación del sistema de Registro de Obsequios y Viajes a Funcionarios Públicos, que reglamenta, en parte, el artículo 18 de la Ley de Ética Pública que establece una serie de obligaciones en lo que refiere a la realización de obsequios o viajes.
Si bien la Ley de Ética Pública es para los tres poderes del Estado, actualmente solo registran sus regalos los funcionarios del Poder Ejecutivo. No así el Poder Judicial o el Legislativo. Ni tampoco aplica a nivel provincial.
Si la Oficina Anticorrupción se entera de algún incumplimiento, se intima a la persona para que realice la declaración y registro correspondiente. Si el valor del obsequio es menor a $12 mil, pueden conservarlo. Si lo supera, deben entregarlo al patrimonio estatal y pueden ser destinados a cualquier organismo público con fines educativos, culturales, sociales o de salud.