Se reglamentó la ley de etiquetado frontal
A cinco meses de su aprobación, el Ejecutivo presentó la reglamentación de la norma que promueve una alimentación más saludable. Desde ahora las empresas y PyMES comienzan una primera etapa de trabajos para sumar la información en sus envases.
El Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, también conocida como Ley de Etiquetado Frontal. La norma fue aprobada en octubre de 2021 y busca garantizar el derecho de los consumidores a acceder a información real sobre los alimentos y bebidas que ingieren, ya que establece la implementación de advertencias de octógonos negros con la inscripción “Exceso en..” para alertar en los envases sobre el contenido saturado de nutrientes críticos, tales como azúcar, grasas y/o sodio.
El pasado 17 de marzo, en un evento organizado por la Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC) Argentina, Brenda Austin, ex diputada nacional y autora de proyectos de ley similares, aseguró que una característica de esta norma es que atravesó a todos los bloques políticos. "Teníamos la convicción de trabajar codo a codo para que la política salga”, sostuvo.
Las empresas contarán con nueve meses y las PyMES con 15 para adaptar los envases a los requerimientos que impone la nueva ley. Este plazo puede ser prorrogado si se considera adecuado.
Según comentó, otro factor fundamental fue el trabajo de la sociedad civil “que en los momentos críticos para la iniciativa, como cuando el proyecto ingresó a la Cámara y tuvo un exceso de giros, ejerció presión y exigió una reducción de las comisiones que luego, gracias al diálogo político, fue posible”.
Con la reglamentación de la ley se abre una primera etapa de trabajos en donde las empresas contarán con 9 meses y las PyMES con 15 para adaptar los envases. Este plazo se puede prorrogar y para eso se evaluará de acuerdo a lo establecido en la reglamentación. Habrá una segunda etapa en donde se deben haber finalizado los trabajos a 18 meses desde la vigencia de la ley para las empresas y 24 para las PyMES.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, cartera que podrá regular la publicidad dirigida a niñas, niños y adolescentes, “de alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan algún sello de advertencia, tanto en medios de comunicación masiva, en los envases, así como en la promoción y el patrocinio de esos productos”, según se informa en el Boletín Oficial.
Alimentación en las escuelas
En la norma también se agregó un apartado para incluir la educación alimentaria nutricional en las escuelas, con el propósito de “contribuir al desarrollo de hábitos de alimentación saludable y advertir sobre los posibles efectos nocivos de una alimentación poco saludable”.