El Senado mendocino aprobó y convirtió en ley la reforma de la carta orgánica del Tribunal de Cuentas provincial, que había sido enviada a la Legislatura por el Ejecutivo y que recibió modificaciones en Diputados. La nueva normativa incluye cambios vinculados con la oralidad en la rendición por parte del cuentadante; vías recursivas propias dentro del organismo y también sobre el rol del presidente.

Para conocer a fondo de qué se tratan estas modificaciones, El Auditor.info se comunicó con Graciela Salvo, directora de Auditoría Interna y Control de Procesos, quien fuera revisora de cuentas del organismo durante 20 años

En el trabajo del Tribunal no hay muchas modificaciones porque las cosas que se plasman en esta ley son las que venimos haciendo. La normativa anterior era de 1932 pero después se fue actualizando con otras complementarias. Esta ley viene a tomar esas normativas dispersas, pero nosotros ya teníamos todos esos procesos en nuestro reglamento”, explicó Salvo. 

En cuanto a los cambios que plantea la nueva carta aclaró que “la actuación de los auditores no tiene modificaciones”, pero sí reconoció que hay algunos pasos importantes que se incorporan. “Se agrega el proceso oral en la rendición de cuentas, que es un recurso extra que puede pedir el responsable pero no suple la rendición documentada. Es como ir a declarar para aclarar algunas cosas que en el papel no se entienden, pero no es válido si no hay documentación que lo respalde”, especificó Salvo. 

También se sumó un recurso de aclaratoria luego del fallo del Tribunal para incorporar una instancia antes de la intervención de la Corte provincial.  Sobre este punto, la directora de Auditoría Interna explicó que lo pueden pedir los que rinden cuentas. Es un proceso de revisión que dura unos días luego de que sale el fallo. Tienen 15 días por si aparece alguna documentación nueva y el Tribunal tiene la obligación de analizarla. "La idea es agotar las instancias para que no llegue a la corte, lo que ocasiona un gasto para el Estado”, detalló.  

Por último, el Presidente suma un nuevo rol. Se dejó establecido en la nueva normativa que es el "jefe administrativo de la institución", que va a elaborar el presupuesto anual de gastos, que una vez aprobado por el Tribunal deberá ser elevarlo para su consideración en la ley anual de presupuesto.